Munícipes ignoran la ley que prohíbe arrojar basura

Pese a que el país cuenta con una legislación que castiga a los ciudadanos y empresas que arrojan desperdicios sólidos en los espacios públicos, las autoridades llamadas a ponerla en práctica ignoran su cumplimiento.

Pese a que el país cuenta con una legislación que castiga a los ciudadanos y empresas que arrojan desperdicios sólidos en los espacios públicos, las autoridades llamadas a ponerla en práctica ignoran su cumplimiento.La Ley 120-99, promulgada hace 13 años durante el primer gobierno del ex presidente Leonel Fernández, surgió ante el deficiente servicio ofrecido por las autoridades municipales y la falta de conciencia ciudadana en el manejo de los desechos.

La responsabilidad de aplicar esta legislación recayó sobre los ayuntamientos y la Policía Nacional. Sin embargo, los primeros alegan que no tienen la fuerza coercitiva para obligar a los infractores a su cumplimiento. Mientras, los segundos delegaron en los agentes de la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet) su ejecución.

Según la normativa está prohibido tirar basura en calles, aceras, parques, carreteras, contenes, caminos, balnearios, mares, cañadas y ríos. También se prohíbe a los propietarios e inquilinos de hogares y establecimientos comerciales sacar la basura en horas distintas a las establecidas por las disposiciones municipales correspondientes.

La ley también manda a las personas a mantener higienizados los frentes de sus casas y negocios y castiga a quienes rebuscan entre los desperdicios.
Sin embargo, todo lo descrito anteriormente es ignorado por la mayoría de la población.

Además de los ciudadanos, los propios ayuntamientos se hacen de la vista gorda a la hora de aplicar la ley que están obligados a hacer cumplir.

En muchos lugares se ha vuelto costumbre de los munícipes colocar la basura en las isletas de varias avenidas, por sugerencia de los mismos empleados de los cabildos, alegando que los camiones recolectores no pueden entrar a las calles.

Ejemplo de ello son la San Vicente de Paúl, en Santo Domingo Este, la Francisco del Rosario Sánchez en las inmediaciones de Los Guandules y La Circunvalación de Los Ríos.

Multas

Según lo contemplado en el artículo 4, las personas que sean sorprendidas tirando basura, desechos o desperdicios de cualquier tipo, del tamaño que fuere, en lugares públicos, serán condenadas a penas de dos (2) hasta diez (10) días de prisión y multas de RD$500 a RD$1,000, o ambas penas a la vez.

En caso de reincidencia la ley prevé aplicar el doble de la multa establecida y el máximo de la prisión prevista.

También se establece una multa de hasta RD$10 mil para las personas físicas o morales dedicadas a ofrecer el servicio privado de acarreo y disposición de desperdicios en la vía pública.

Al momento de la promulgación de esta ley se concibió que el producto de las recaudaciones generadas por las multas fuera destinado a un fondo que sería manejado por los ayuntamientos para la confección de fundas plásticas para la recogida de basura, las que podrían ser vendidas al público al costo de su fabricación. “Los recursos que excedan se emplearán en un fondo para educación ciudadana sobre el manejo de desperdicios”, reza el artículo 5 de la referida ley.

Campaña educativa

La legislación instruye a los Ministerios de Salud Pública y de Obras Públicas junto a los cabildos a desarrollar una campaña de educación permanente a fin de concienciar a la ciudadanía sobre el contenido de la presente ley, lo que finalmente no se lleva a cabo.

Desechos dañan imagen del país ante visitantes

En la ley se expresa que la cantidad de basura y desechos en calles y avenidas del país dañan la imagen de limpieza y pulcritud que debemos presentar ante los turistas y empresarios de otros países. También se cita la situación de insalubridad y daños al medio ambiente causados por la descomposición de la basura con el consiguiente desprendimiento de gases y malos olores.

No obstante, trece años después, la situación de insalubridad y contaminación ambiental persiste y poco se ha hecho para corregir el problema.

La normativa establece los siguientes puntos:

1.    Ninguna persona física o moral podrá arrojar basura en áreas públicas.
2.    Deben respetarse los horarios establecidos para la recogida de basura.
3.    Se prohíbe rebuscar en los zafacones y desorganizar los desperdicios.
4.    No está permitido arrojar desechos sólidos en mares, ríos y cañadas.
5.    Las personas y negocios están obligadas a mantener su frente limpio.
6.    Está prohibido ofrecer servicio privado de recogida de basura.

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