Tribunal ordena a la UASD integrar a nueve estudiantes expulsados

La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo revocó ayer la resolución del Consejo Universitario que ordena la expulsión de nueve estudiantes de la UASD.

La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo revocó ayer la resolución del Consejo Universitario que ordena la expulsión de nueve estudiantes de la UASD.La sentencia “ordena al Consejo de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), apoderar al Consejo Directivo de la facultad correspondiente, para que los estudiantes expulsados sean debidamente juzgados por un órgano competente y de acuerdo a los reglamentos establecidos en el Estatuto Orgánico.

Los estudiantes en cuestión son Roberto Sánchez, Rafelito Valenzuela, Deivis Vicente Cabrera, Jory López Torres, José Rafael Cabrera, Hilda de los Santos, Eric Natalio Peralta, Eduardo Gómez y Willmeidis Ismael Acevedo.

Quedan reintegrados

Con relación a la reintegración de los estudiantes, el tribunal entiende que “al revocar la decisión que dio origen a dicha expulsión es obvio que la misma queda sin efecto, hasta tanto se conozca el proceso por ante el órgano competente y este tome las medidas que estime convenientes”.

Los jóvenes fueron expulsados el 20 de julio del pasado año, según la UASD, por haber “ocupado” la oficina de la vicerrectoría administrativa, obligando al personal de dicha dependencia a mantenerse en el interior de la misma y la cerraron en reclamo por el aumento de las tarifas de los servicios.
 
Los jueces Juditht Contreras, Diómede Villalona y Patricia Padilla acogieron un recurso que interpusieron los universitarios en busca de su reintegración a la academia.

“Si bien es cierto que los estudiantes deben mantener una conducta digna, dentro y fuera de la universidad, no menos cierto es que, si es cometida una falta que la autoridad universitaria considere merece sanción, la misma debe proceder respetando los procedimientos, el debido proceso”, explican en su decisión.

Consejo no puede sancionar

Los jueces indican también que el único órgano competente para conocer en primer grado de las violaciones cometidas por profesores o estudiantes, y aplicar sanciones lo es el Consejo Directivo de la facultad, en aplicación de los artículos 56 letra N y 103 del Estatuto Orgánico de la UASD.
 
Según la sentencia del referido tribunal, al expulsar y suspender a los estudiantes, el Consejo “traspasó los límites de su competencia, al no respetar el doble grado de jurisdicción, ya que solo podía conocer el caso de ser apoderado mediante recurso de apelación”.

El TC había rechazado una acción sobre el caso

Previo a que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) fallara la acción, Roberto Sánchez interpuso un recurso de inconstitucionalidad en contra de la resolución 2012-192, que ordenaba la expulsión y suspensión de los universitarios, declarando la acción inadmisible por no tratarse la resolución de un acto que pueda ser objeto de un recurso de inconstitucionalidad directa y remitió el caso para que sea conocido por el TSA.

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