La magistrada Ana Isabel Bonilla Hernández del Tribunal Constitucional (TC) dijo que en un Estado social y democrático de derecho, no existen poderes ilimitados, la autoridad está limitada por la ley y sometida al principio de la interdicción de la arbitrariedad.
La magistrada citó el artículo 6 de la Constitución dominicana que dice que: todas las personas y los órganos que ejercen potestades públicas están sujetos a la Constitución, norma suprema y fundamento del ordenamiento jurídico del Estado. Son nulos de pleno derecho toda ley, decreto, resolución, reglamento o acto contrarios a esta Constitución.
En su conferencia titulada “Mecanismo de Control y Fiscalización en un Estado Social y Democrático de Derecho”, argumentó que el Estado es Social, porque se compromete a la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y a garantizar la satisfacción de las necesidades socioeconómicas, a aquellas personas que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad tales como: salud, educación, vivienda, y seguridad social.
Resaltó que la naturaleza del Estado es democrático, porque las decisiones se adoptan y se fundamentan en la participación de los gobernados, a través de mecanismos que garanticen el respeto a la voluntad de la mayoría, sin exclusión de las minorías. “Es decir, las decisiones son adoptadas por el pueblo mediante mecanismos de participación directa o indirecta que les confieren legitimidad a los representantes”.
Consideró que el Estado es de derecho, porque está regido por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una Constitución, como fundamento jurídico que regula la vida en sociedad, y a la cual esta sometidos gobernantes y gobernado.
“En igual sentido, la Constitución ha establecido de manera expresa, mecanismos de control y fiscalización para los poderes públicos y órganos constitucionales, y el control jurisdiccional para evitar la discrecionalidad absoluta de la autoridad en el ejercicio de sus competencias”, añadió de acuerdo con una nota de prensa.