El BNV acusa a Humberto Salazar de violar la ley Monetaria

El Banco Nacional de la Vivienda (BNV) se querelló ayer contra el dirigente reformista Humberto Salazar, a quien acusa de violar la ley Monetaria y Financiera, número 183-02.

El Banco Nacional de la Vivienda (BNV) se querelló ayer contra el dirigente reformista Humberto Salazar, a quien acusa de violar la ley Monetaria y Financiera, número 183-02.La querella fue depositada por ante la Fiscalía del Distrito Nacional en nombre del Banco Nacional de la Vivienda y la Producción, representado por José Angel Neftalí Rodríguez Hernández y firmada por los abogados Jorge Luis Polanco, Elsa Trinidad Gutiérrez y Carlos Alberto Polanco Rodríguez.

La demanda indica que Humberto Salazar comprometió su responsabilidad penal al tenor de las disposiciones previstas en el artículo 80 de la Ley 183-02, sobre instituciones financieras.

En sentido concreto, el BNV, bajo la dirección de Federico Antún Batlle, quien a su vez es presidente del Partido Reformista Social Cristiano, acusa a Salazar de haber dicho que los sueldos del BNV los paga el Banco de Reservas, porque tiene pérdidas operativas.

Solicitó al Ministerio Público que requiera al programa de televisión “De entero crédito”, que se transmite por el canal 27, el video que contiene las declaraciones ofrecidas al entrevistador Héctor Herrera Cabral, el 2 de julio del 2014.

También que la Fiscalía requiera la emisión del programa El sol de la mañana del 11 de julio del 2014, en el que Humberto Salazar, supuestamente viola la ley al ofrecer informaciones falsas sobre la situación de supuesta quiebra de la referida entidad bancaria.

Además solicita, como procedimiento establecido, que la Fiscalía requiera del juez de la Instrucción la apertura de juicio correspondiente, mediante acta de acusación levantada al efecto.

La querella fue presentada por ante el  Departamento de Sistema de Atención y, según los querellantes, contiene elementos necesarios para que el caso sea instruido por un juez, ya que se trata de una jurisdicción penal, conforme lo establece el artículo 57 del Código Procesal Penal, así como el artículo 80 de la ley Monetaria y Financiera.

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