Violadores de la Constitución

Si aquí la institucionalidad se respetara, los funcionarios que promueven la reelección deberían ser procesados por violadores de la Constitución. El artículo 124 de la misma dice: “El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la…

Si aquí la institucionalidad se respetara, los funcionarios que promueven la reelección deberían ser procesados por violadores de la Constitución. El artículo 124 de la misma dice: “El Poder Ejecutivo se ejerce por el o la Presidente de la República, quien será elegido cada cuatro años por voto directo y no podrá ser electo para el período constitucional siguiente”. Es decir, que esos señores se colocan al margen de la ley. La gravedad de su violación es doble, porque como responsables de la Administración pública están llamados no sólo a cumplir la ley, sino a fortalecer su imperio, como se prevé en el artículo 148 de la Constitución.

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