Dice reglamento viola derechos de los trabajadores

El reglamento para la prestación del servicio de pensiones por discapacidad y sobrevivencia está plagado de cláusulas inconstitucionales que desconocen los derechos de los afiliados del Sistema Nacional de la Seguridad Social.

El reglamento para la prestación del servicio de pensiones por discapacidad y sobrevivencia está plagado de cláusulas inconstitucionales que desconocen los derechos de los afiliados del Sistema Nacional de la Seguridad Social. El reglamento contentivo del denominado “Contrato Póliza” para la prestación de pensiones por discapacidad y sobrevivencia fue ratificado por el CNSS en julio del 2008 y establece una disposición de renuncia al derecho a la pensión de los parientes de los afiliados muertos si la misma no se reclama en un plazo de dos años, así como una cláusula que deniega ese derecho a los familiares de los afiliados que se suiciden.

Los hallazgos están contenidos en el estudio-informe “Las Venas Abiertas del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social”, elaborado por la Fundación Prensa y Derecho y la Alianza Ciudadana.

Al dar a conocer los detalles del informe, el abogado Namphi Rodríguez, presidente de Prensa y Derecho, dijo que el reglamento se superpone a la Ley 87.01, de Seguridad Social y a la Constitución de la República. 

Explicó que esa violación se expresa en una serie de normas reglamentarias que limitan los derechos de los afiliados, lo cual contraviene el principio de no regresividad de los derechos económicos y sociales de la Carta Magna.

Puso como ejemplo el límite de los 60 años de edad que establece el reglamento citado para que un trabajador activo pueda recibir la pensión por  una discapacidad parcial o total que sufra, dejando en desamparo a aquellos trabajadores que exceden esa edad y que están expuestos a los mismos riesgos.

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