Estado social y aumento salarial

La actual Constitución ha proclamado a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, y cuya función esencial es la protección efectiva de los derechos fundamentales.La cláusula del Estado Social impone a…

La actual Constitución ha proclamado a la República Dominicana como un Estado Social y Democrático de Derecho, y cuya función esencial es la protección efectiva de los derechos fundamentales.

La cláusula del Estado Social impone a los poderes públicos no sólo garantizar el respeto de todos los derechos reconocidos a las personas, sino contribuir a remover los obstáculos legales y materiales que impiden su real efectividad, su concreción.

Los estados sociales modernos se organizan, no sólo para proteger la libertad y la participación política, sino para mitigar las desigualdades sociales, mediante la satisfacción de los derechos –de corte económico o social- que son reconocidos.

La pregunta es ¿de qué forma el Estado dominicano puede comenzar a satisfacer el amplio catálogo de derechos económicos y sociales consagrados en la Constitución de 2010? Son muchas las respuestas, propuestas, estrategias, planes y planes que se pueden formular para responder este “mandato de transformación social” que implica proclamar un Estado Social y Democrático de Derecho.

Valadés, en su obra Problemas constitucionales del Estado moderno, ha destacado cómo en los ESDD se instituyen “mecanismos de distribución de riqueza por medio del salario, del ejercicio de derechos colectivos y de un conjunto de prestaciones que atienden al bienestar” (2002:31).

¿Puede un aumento salarial –como ha venido planteando el gobernador del Banco Central, Héctor Valdez Albizu – poner a los dominicanos en mejores condiciones de cara al ejercicio de sus derechos? Es evidente que sí, pues los bajos salarios no sólo han estimulado el trabajo informal, generalmente más retributivo, sino también limitado la capacidad de acceso de los dominicanos a muchos bienes y servicios.

En muchos estados sociales modernos, a los ciudadanos se les ha reconocido el derecho a un minimun vital, lo cual dista de estar a la vista en un Estado que, como el nuestro, necesita mejorar sus niveles de recaudación fiscal.

Si el régimen económico dominicano “se orienta hacia la búsqueda del desarrollo humano” (art. 217) y se fundamenta en el crecimiento económico, la  redistribución de la riqueza, la justicia social, la equidad -y otros objetivos económicos y sociales-, es hora de comenzar a reivindicar el derecho de todos los que trabajan a percibir mejores salarios.

El bienestar humano implica, en la perspectiva de Sen, la “expansión de las libertades reales de que disfrutan los individuos”, lo cual implica mover la atención desde los medios, que permiten la expansión de las libertades – como son el crecimiento económico, el aumento del ingreso personal, los avances tecnológicos o la modernización social-, a los fines, que son las libertades, y contra las que conspira la pobreza económica.

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