La ley de Patrimonio es más drástica

Desde el pasado 8 de agosto rige en el país la Ley 311-14 que instituye el Sistema Nacional Automatizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio.

Desde el pasado 8 de agosto rige en el país la Ley 311-14 que instituye el Sistema Nacional Automatizado y Uniforme de Declaraciones Juradas de Patrimonio.Dicha ley delega a la Cámara de Cuentas como órgano de control, fiscalización y aplicación de la misma.

De ese modo, la responsabilidad que recaía desde el año 1979 sobre la Tesorería Nacional, órgano que retenía los salarios de los funcionarios, como una manera de obligarlos a presentar a tiempo sus declaraciones juradas de bienes, recayó sobre la Cámara de Cuentas, después que este lunes el tesorero Alberto Perdomo entregara a su titular, Licelott Marte de Barrios, 39 cajas con más de ocho mil declaraciones depositadas desde el año 2000 hasta la fecha.

A diferencia de la ley derogada, que establecía que si un funcionario no presentaba su inventario en la forma y bajo los plazos señalados, sería objeto de amonestación, la Ley 311-14, establece que aquellos servidores públicos que no presenten en un plazo de 30 días siguientes a tomar posesión el inventario de sus bienes pueden ser destituidos de sus cargos por el Poder Ejecutivo.

De igual modo, “el patrimonio que se demuestre que constituye enriquecimiento ilícito a favor del funcionario público o de sus familiares, hasta el cuarto grado de consanguinidad o relacionados, será sancionado con la pena de cuatro a diez años de prisión mayor, una multa igual al duplo del monto del incremento y, como pena complementaria, la inhabilitación para ocupar funciones públicas por un período de diez años, luego de cumplida su condición de privado de libertad”.

Si el funcionario no pudiere probar el origen del patrimonio, la Oficina de Evaluación y Fiscalización del Patrimonio de los Funcionarios Públicos, que deberá crear la Cámara de Cuentas, podrá accionar en justicia y promover la confiscación de los bienes. 

Abarca jefes militares y cuerpos de seguridad

La nueva ley también obliga a declarar sus bienes al jefe y subjefe de la Policía; los titulares de los cuerpos especializados de seguridad e inteligencia del Estado; el presidente y miembros de la Dirección Nacional de Control de Drogas; los miembros del Consejo Nacional de Seguridad Social, al rector y vicerrectores de la Universidad Autónoma de Santo Domingo, entre otros.

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