El Lápiz y el circo

Hace días circuló en las redes sociales una foto de unos menores sosteniendo botellas cuyo contenido se presume alcohólico.

Hace días circuló en las redes sociales una foto de unos menores sosteniendo botellas cuyo contenido se presume alcohólico. La imagen fue subida por más de una decena de cuentas de instagram, incluyendo la del artista conocido como “El Lápiz”, quien al igual que tantos más que hicieron lo mismo, difundió una foto en la que él no estaba y que él no tomó.

A pesar de que quien aparece en la foto es otro artista que ya fue identificado y que muchas personas la divulgaron, llama la atención que el Ministerio Público solamente decidió perseguir al Lápiz, quien casualmente es el único famoso de todos.

La forma en que se han manejado las autoridades con el tema luce como un circo mediático premeditado para atraer a la prensa y “buscar cámaras”, y partiendo de que ese modelo se ha visto con frecuencia en los últimos años resulta difícil creer que se trata de una genuina preocupación por los menores del país. Sin embargo, si en efecto la motivación del Ministerio Público es su interés por el respeto al Código del Menor sería ideal aprovechar el momento para velar por otros aspectos del Código que son aún más importantes.

Por ejemplo, el artículo 34 es claro en establecer el derecho que tienen los menores a ser protegidos de toda explotación económica. A los ojos de todos los que se han detenido en un semáforo (y me imagino que las fiscales también si viven en este país), resulta evidente que muchos menores son enviados por adultos a pedir dinero, y en la mayoría de las veces sólo hay que ser un poco observador para constatar con facilidad y sin necesidad de una investigación quiénes son los adultos que los mandan. Sería maravilloso ver al Ministerio Público tomar acción en esto, que lejos de ser un caso aislado es un mal común.

En otro orden, el Ministerio Público tiene por ley un representante en el Sistema Nacional de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, creado por el artículo 51 del Código del Menor, y sería una excelente iniciativa si lo incita a que presente propuestas para la formulación de políticas públicas destinadas a proteger a los menores y garantizar el cumplimiento de las disposiciones del Código, tal como lo contempla su artículo 54.

Si dan al menos algunos pasos en hacer algo más por proteger a los menores del país quizás podamos creer en las buenas intenciones del Ministerio Público. Por el momento, sólo parece teatro y deseos de brillar.

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