El Procurador debe respetar la Constitución

Políticamente el Procurador General de la República, doctor Francisco Domínguez Brito, salió fortalecido del proceso contra el Senador Bautista y compartes. Recibiendo gran apoyo social y mediático. Incluso nosotros, humildemente, le hicimos…

Políticamente el Procurador General de la República, doctor Francisco Domínguez Brito, salió fortalecido del proceso contra el Senador Bautista y compartes. Recibiendo gran apoyo social y mediático. Incluso nosotros, humildemente, le hicimos unos artículos en defensa.

Pero, el Procurador debe respetar la Constitución y las Leyes de la misma forma que exige su cumplimiento. Por eso cedo mi espacio para solicitarle que acate una decisión del Tribunal Constitucional Dominicano. Aún está a tiempo:
“Por: Francisco Rafael Arroyo Maldonado.
Abogado.

Para Platón, era un hecho de que un hombre se convertía en injusto cuando creía que su comportamiento, por muy contrario a la ley que fuera, no tendría ningún tipo de consecuencias.

Indudablemente que el proceder de una persona en esas condiciones, que no le teme ni a la sanción ni al reproche, estaría por encima de todo; quizás, un poquito más allá del bien y del mal.

Eso es lo que ocurre con un funcionario público cuando se aparta de la ley o decide no acatar lo ordenado por un acto de gobierno, como lo es una sentencia, y sobre todo cuando ese acto de gobierno ha adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.

Cuando un funcionario público desacata ese acto de gobierno llamado sentencia, desconoce la autoridad del órgano constitucional que la produjo, ya que, según su “divino” parecer, ese acto de gobierno no lo vincula y mucho menos lo obliga.
Ese ha sido el comportamiento del Procurador General de la República ante la sentencia No. 0219/14 del Tribunal Constitucional, la que cinco meses después de su notificación simplemente ha desacatado.

Y si resulta preocupante que un funcionario público desacate una decisión judicial, es aún más preocupante cuando ese funcionario público lo es el Procurador General de la República, quien dirige, de acuerdo a nuestra Constitución, a un órgano fundamental del sistema de justicia, como lo es el Ministerio Público.

Todo comenzó cuando, sin juzgarme, la Procuraduría General de la República me separó como miembro del Ministerio Público por la supuesta comisión de faltas graves en el ejercicio de mis funciones, aplicándome la sanción más severa: la cancelación.

Ante una violación tan grosera de mis derechos, presenté una acción constitucional de amparo por ante el Tribunal Superior Administrativo el 28 de octubre del año 2013 y, luego de varias audiencias, el día 9 de enero del año 2014 la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo mediante sentencia No. 003-2014 acogió nuestra acción de amparo y ordenó mi reintegro a las funciones que desempeñaba al momento de mi destitución, así como el pago de todos mis salarios y derechos adquiridos.

No obstante a que las sentencias de amparo son de ejecución inmediata, la Procuraduría General de la República procedió a demandar la suspensión de dicha sentencia por ante el Tribunal Constitucional el día 7 de abril del 2014 con el único propósito de no cumplir con lo ordenado por la sentencia de la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo.

Como era de esperarse, el 23 de septiembre del año 2014 el Tribunal Constitucional de la República Dominicana rechazó la demanda en suspensión de ejecución de sentencia, promovida por la Procuraduría General de la República mediante sentencia No. TC/0219/14.

Y es a partir de ese momento que la Procuraduría General de la República comienza a comportarse como el niño malcriado: “si no me complaces en lo que te pido, no acepto tus decisiones”.

En pocas palabras, la Procuraduría General de la República quebranta el estado de derecho en la República Dominicana, al no reconocerles ninguna autoridad ni capacidad legal a los jueces que decidieron la acción constitucional de amparo en cuestión por el único hecho de que no acogieron sus peticiones. Si esas son las reglas del juego, pues a jugar entonces, ya no hay nada que respetar”.

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