Cargas sacan a los combustibles del paraíso fiscal

Desde que en enero del 2000 el Congreso Nacional, a instancia del Poder Ejecutivo, desterró a los combustibles del paraíso fiscal en que habían habitado por siempre, los hidrocarburos iniciaron una peregrinación impositiva que los ha castigado…

Desde que en enero del 2000 el Congreso Nacional, a instancia del Poder Ejecutivo, desterró a los combustibles del paraíso fiscal en que habían habitado por siempre, los hidrocarburos iniciaron una peregrinación impositiva que los ha castigado en las grandes reformas fiscales hechas desde entonces.

Con diferentes nombres y propósitos, los derivados del petróleo han bailado las principales danzas impositivas tocadas desde principio del joven siglo.

El peso impositivo en los hidrocarburos ha pasado de menor a mayor, de un ambiente totalmente exento a uno que ya parece topado. El proceso se ha dado en los últimos 15 años. Actualmente, en el precio final de cada galón de gasolina premiun hay incorporado un 39.13 por ciento de impuestos. La ponderación sube un 40% si se incorpora el impuesto de dos pesos por galón que se creó en la ley 253-12, pero que no figura segregado en los avisos semanales de precios que publica el Ministerio de Industria y Comercio.

Los recursos dan para todo
De los recursos captados por los diferentes impuestos aplicados a los combustibles sale financiamiento para pagar deuda externa, para los partidos políticos, los ayuntamientos, para fomentar programas de energías renovables y hasta para un programa de renovación del transporte que todavía no despega. Parece que ha primado el concepto de que eso “da para todo”.

Las reformas que han gravado a los hidrocarburos han tenido diferentes motivaciones y definiciones, desde la original que tuvo como argumento la defensa de la estabilidad macroeconómica como condición necesaria para lograr un crecimiento económico sostenido, hasta la última, la creada por la ley 253-12, que fue bautizada como de “fortalecimiento de la capacidad recaudadora del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible”.

En cuatro leyes impositivas, los combustibles son parte del universo gravado con impuestos ad valorem o específico.

Por la frecuencia con que han sido incorporados al esquema recaudatorio dominicano,  tomándolos como un instrumento de recaudación, no disuasión del consumo como se argumentó originalmente, los impuestos a los combustibles ya superan el 13 por ciento de las recaudaciones originadas en fuentes internas.

Sólo el Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) aporta más ingresos al fisco dentro del renglón impuestos a mercancías y servicios. En el primer cuatrimestre del año en curso, de RD$141,937.9 millones recaudados por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), los combustibles, vía de tres impuestos diferentes, aportaron RD$18,569.0 millones, para una ponderación de un 13.08 por ciento.

El monto fue aportado mayoritariamente por la Ley 112-00, la cual incorporó por primera vez a los hidrocarburos al mundo dominicano de la tributación.

Entre enero y mayo del año en curso esa ley aportó RD$12,377.7 millones; la siguiente iniciativa impositiva incorporada al sistema, la Ley 557-05, que creó un gravamen del 16% ad valorem, contribuyó con RD$5,707 millones, y la última incursión fiscal, dada por el impuesto de dos pesos al galón de gasolina y gasoil Premium y regular, aprobado en la Ley 253-12, acumuló ingresos en el período analizado por RD$484.3 millones.

El comportamiento de los impuestos a los combustibles en los primeros cinco meses del año en curso fue parecido al de igual período del 2914, pero con una ligera disminución, fruto de la caída de la contribución del advalorem en un 33.52 por ciento. Esa baja es explicada en que, como la base de esa legislación es el valor, en los primeros cinco meses del año pasado los precios de los combustibles eran mayores que en igual período del año corriente. Y como la base de aplicación de la tasa del 16% es el valor, a menos precio de venta, menor recaudación-

En la medida que ha transcurrido el tiempo, las motivaciones para gravar los combustibles han variado. La primera iniciativa, la ley 112-00, hasta el momento la única legislación impositiva aprobada exclusivamente para gravar los combustibles, tuvo una motivación mayoritaria dirigida a disminuir el consumo de combustibles, por la gravitación que tiene la factura petrolera y derivados en la economía dominicana.

La legislación también hizo referencias a la necesidad del Estado de honrar sus compromisos financieros para poder mantener el crédito y garantizar al país el acceso a nuevos recursos y fuentes de financiamiento.

Ley original previó crear un fondo especial

De las recaudaciones originadas en la ley 112-00, la propia legislación instruye un fondo especial que tendrá dos objetivos básicos: fomento de programas de energía alternativa, renovables o limpias, y programas de ahorro de energía. El fondo se nutre del 2 por ciento de los ingresos producidos por esa ley, con un incremento anual de 1%, hasta alcanzar el 5 por ciento de dichos ingresos.

El concepto de financiamiento de programas especiales a través de las recaudaciones por impuestos a los combustibles apareció nuevamente en la ley 253-12, que creó un impuesto de dos pesos al galón de gasolina y gasoil regular y premium, para utilizar una cuarta parte de esos recursos en un programa de renovación vehicular del transporte público de pasajeros y de carga, cuyo diseño debe ser coordinado con los representantes del sector transporte. La coordinación está a cargo del Ministerio de la Presidencia.

Tres cuarta parte o el 75% de los ingresos del impuesto será utilizado para el desarrollo vial del país. Todavía no se ha anunciado públicamente ningún proyecto de renovación vehicular con recursos producidos por el impuesto de dos pesos al galón de gasolina y gasoil. Cada mes se recaudan unos 96 millones de pesos en promedio por ese impuesto.

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