En agosto darán fallo caso Bautista

En única audiencia, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia conoció ayer el recurso de apelación interpuesto por el procurador general de la República contra la sentencia de no ha lugar dictada en favor del senador Félix Bautista y&#823

En única audiencia, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia conoció ayer el recurso de apelación interpuesto por el procurador general de la República contra la sentencia de no ha lugar dictada en favor del senador Félix Bautista y otras seis personas.El tribunal dirá el 11 de agosto si ratifica la sentencia del juez de la Instrucción Especial, Alejandro Moscoso Segarra o envía a juicio de fondo al senador Bautista, así como a José Elías Hernández García, Bolívar Antonio Ventura Rodríguez, Carlos Manuel Ozoria Martínez, Grisel Araceli Soler Pimentel, Soraida Abreu Martínez, Bienvenido Apolinar Bretón Medina.

En la audiencia, el Ministerio Público (MP) pidió que le impongan prisión preventiva a los imputados como la única garantía de que no se sustraerán del proceso penal. También imponer medida de coerción contra los bienes que forman parte del caso.

Argumentos

Basó sus argumentos y conclusiones en seis aspectos; ilogicidad manifiesta en las motivaciones de la resolución 544-2015 en cuanto al non bis in ídem, violación de la ley por inobservancia y errónea aplicación de varias normas jurídicas.

También, en la falta de motivación en cuanto a supuesta atipicidad y falta de sustento probatorio en lo referente a diversos tipos penales y la violación de la Ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica.

Aseguró que la sentencia de Moscoso Segarra contiene “ilogicidades en sus motivaciones en lo referente a la doble persecución, ya que consideró como partes de un proceso anterior a imputados que nunca tuvieron tal condición y lo que emitió fueron juicios de valor y no motivaciones”.

Señaló que la obligación del magistrado era determinar si de manera concreta Bautista Rosario, José Hernández, Bolívar Ventura, Carlos Ozoria y Grisel Soler podía alegar y configurar, tener identidad de partes en cuanto a los hechos que se solicita apertura a juicio y los que habían sido objetos de investigación y que fueron archivados de manera definitiva en el auto 03093 de Hotoniel Bonilla.

Explicó que la resolución 544-2015 contiene vicios en relación a la única persecución, porque en ella, el juez “en su íntima convicción”, asegura que se trata de un delito continuado y las leyes establecen que los jueces deben emitir sus decisiones basados en la “sana crítica y no en su íntima convicción”.

El Ministerio Público dijo que los hechos por los cuales el juez estableció el non bis in ídem, en el “no ha lugar”, no son parte del objeto de la imputación que se les hace.

Solicitan mantener el no ha lugar

La barra de la defensa de los acusados por alegados actos de corrupción y conformar un entramado societario para estafar al Estado, solicitó también al tribunal mantener el dictamen de Moscoso Segarra por estar basado en hechos y derechos.

En caso de revocar la sentencia y ordenar juicio de fondo, pidió que a los imputados no les sea aplicada la prisión preventiva, porque estos cuentan con los arraigos que garantizan que no se sustraerán del proceso.

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