Jueces del caso Félix Bautista son pasibles de recusación

Los jueces que conocieron la apelación del caso Félix Bautista son pasibles de recusación debido a que ya han fijado posición al respecto.

Los jueces que conocieron la apelación del caso Félix Bautista son pasibles de recusación debido a que ya han fijado posición al respecto.El hecho de que Miriam Germán Brito, Frank Soto Sánchez, Esther Agelán Casasnovas y Juan Hirohito Reyes hayan anulado por falta de consenso la audiencia en que conocieron el recurso de apelación que interpuso el procurador general de la República a la sentencia de “no ha lugar” en favor del senador y otras seis personas acusadas de enriquecimiento ilícito y lavado de activos, es motivo para ello.

El artículo 78 numeral 7 del Código Procesal Penal establece que uno de los motivos de recusación o inhibición de un proceso es “haber emitido opinión o consejo sobre el procedimiento particular de que se trata y que conste por escrito o por cualquier medio lícito de registro”.

“Se anula la instrucción del presente caso por no haber sido posible obtener una mayoría y se fija la próxima audiencia para el día 22 de septiembre del 2015 a las 9:00 de la mañana”, anunció Germán Brito, presidenta del tribunal señalando que hubo dos posiciones encontradas (la que quería que se mantenga el “no ha lugar” y la que quería que fuera revocada y se envíe a juicio de fondo).

La anulación del proceso, debido a una falta de previsión por parte de la presidencia del tribunal, de que el caso no se conocería en única audiencia y que con cuatro jueces conociéndolo el empate era una posibilidad, los hace vulnerable a una recusación por parte del Ministerio Público o de los imputados.

Si las partes envueltas en el proceso deciden recusar a los cuatro magistrados, luego que el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Mariano Germán Mejía, designe al juez que sustituirá a Alejandro Moscoso Segarra en la Segunda Sala, y esa recusación es aceptada, el tribunal quedará disuelto.

Por lo general los tribunales se integran por una cantidad de miembros impares para que al momento de la deliberación, en caso de ser tres la decisión sea unánime, y si son cinco o más, se adopte por mayoría.

El procurador Francisco Domínguez Brito así como Félix Bautista, José Elías Hernández, Bolívar Ventura, Carlos Manuel Ozoria, Grisel Araceli Soler, Soraida Abreu Martínez, Bienvenido Bretón pueden elegir entre quedarse con los mismos jueces o recusarlos. 

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas