RD tiene una Ley de Armas de 50 años que exige pocos controles

El asesinato a tiros de Juan de los Santos y su guardaespaldas, a manos de un hombre que después se suicidó, ha revivido el debate de qué tan imprescindible es controlar la posesión de armas para evitar tragedias como la del martes.

RD tiene una Ley de Armas de 50 años que exige pocos controles

El asesinato a tiros de Juan de los Santos y su guardaespaldas, a manos de un hombre que después se suicidó, ha revivido el debate de qué tan imprescindible es controlar la posesión de armas para evitar tragedias como la del martes.

El asesinato a tiros de Juan de los Santos y su guardaespaldas, a manos de un hombre que después se suicidó, ha revivido el debate de qué tan imprescindible es controlar la posesión de armas para evitar tragedias como la del martes.

República Dominicana se rige por la Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas, que data del año 1965. Este reglamento, en su artículo 15, establece que “toda persona podrá poseer un arma de fuego para la defensa personal y de sus intereses, siempre que llene los requisitos legales, y que a juicio del Ministro de lo Interior y Policía justifique la necesidad de su tenencia”.

Para que un ciudadano adquiera una licencia para porte y tenencia de armas, la ley vigente exige que la persona demuestre que no ha sido condenada judicialmente, ni sometida con relación a sustancias controladas o violencia familiar.

Lo que garantiza que una persona está apta para manejar un arma son tres pruebas: psiquiatría, doping y polígono de tiros. La licencia se renueva anualmente con un impuesto que cuesta RD$5,850 para pistolas y revólveres o RD$5,525, si es una escopeta o un rifle.

Actualmente, descansa en la Cámara de Diputados un proyecto de modificación de la Ley 36 que espera iniciar un proceso de consenso entre el Gobierno y el Congreso Nacional. La iniciativa, de la autoría del diputado Víctor -Ito- Bisonó, fue debatida y aprobada en el mes de julio por la Cámara de Diputado, pero perimió en el Senado.

Bisonó anunció el pasado 14 de septiembre -un día antes de reintroducir la pieza- que el Gobierno y el Congreso iniciarían los aprestos de consenso. El legislador explicó que además de las instituciones estatales, serán tomadas en cuenta las sugerencias que hicieran las Naciones Unidas, la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode), Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y otras entidades.

Críticas al proyecto
Otra de las recomendaciones que Bisonó aseguró serían integradas al proyecto eran las del procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, quien fue unos de los detractores del contenido de la iniciativa.

El Procurador envió una carta a la presidenta del Senado, Cristina Lizardo, para exponer el punto de vista del Ministerio Público. Argumentaba, entre otros aspectos, que esa nueva ley “estimulaba” el comercio de armas y permitía que los fusiles puedan ser usados por civiles.

“Nosotros no podemos permitir que, aún sean casos excepcionales, fusiles como M-14, M-16 o Fal, que son armas de guerra, puedan caer en manos de particulares, en el uso civil, cuando deben ser de uso militar exclusivo”, se quejó Domínguez Brito, posteriormente a que la iniciativa fuera aprobada por la Cámara de Diputados.

Actualmente la Ley 36 establece como mínimo tener 18 años para adquirir una licencia de armas. El proyecto de ley para el control de armas de fuego, municiones, explosivos, armas blancas y otros materiales eleva ese requisito a 25 años cumplidos. El proyecto asimismo sanciona con hasta un año de prisión a las personas que exhiban el arma en lugares públicos.

Proyecto establece sanciones para locales

Otras de las disposiciones legales que establece la iniciativa de Bisonó recae sobre los centros de diversión o consumo de bebidas alcohólicas. Éstos serán sancionados con el cierre del establecimiento de manera temporal o definitiva, cuando permitan a personas exhibiendo y/o portando armas de fuego o blancas. Hoy en día, y gracias a la resolución 390-2013 del año 2013, Interior y Policía dispone como requisito para obtener o renovar licencias, la captura de las huellas balísticas y biométricas. Esos datos deben ser integrados al Sistema Nacional de Armas.

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El asesinato a tiros de Juan de los Santos y su guardaespaldas, a manos de un hombre que después se suicidó, ha revivido el debate de qué tan imprescindible es controlar la posesión de armas para evitar tragedias como la del martes.

República Dominicana se rige por la Ley 36 sobre Comercio, Porte y Tenencia de Armas, que data del año 1965. Este reglamento, en su artículo 15, establece que “toda persona podrá poseer un arma de fuego para la defensa personal y de sus intereses, siempre que llene los requisitos legales, y que a juicio del Ministro de lo Interior y Policía justifique la necesidad de su tenencia”.

Para que un ciudadano adquiera una licencia para porte y tenencia de armas, la ley vigente exige que la persona demuestre que no ha sido condenada judicialmente, ni sometida con relación a sustancias controladas o violencia familiar.

Lo que garantiza que una persona está apta para manejar un arma son tres pruebas: psiquiatría, doping y polígono de tiros. La licencia se renueva anualmente con un impuesto que cuesta RD$5,850 para pistolas y revólveres o RD$5,525, si es una escopeta o un rifle.

Actualmente, descansa en la Cámara de Diputados un proyecto de modificación de la Ley 36 que espera iniciar un proceso de consenso entre el Gobierno y el Congreso Nacional. La iniciativa, de la autoría del diputado Víctor -Ito- Bisonó, fue debatida y aprobada en el mes de julio por la Cámara de Diputado, pero perimió en el Senado.

Bisonó anunció el pasado 14 de septiembre -un día antes de reintroducir la pieza- que el Gobierno y el Congreso iniciarían los aprestos de consenso. El legislador explicó que además de las instituciones estatales, serán tomadas en cuenta las sugerencias que hicieran las Naciones Unidas, la Fundación Global Democracia y Desarrollo (Funglode), Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) y otras entidades.

Críticas al proyecto
Otra de las recomendaciones que Bisonó aseguró serían integradas al proyecto eran las del procurador General de la República, Francisco Domínguez Brito, quien fue unos de los detractores del contenido de la iniciativa.

El Procurador envió una carta a la presidenta del Senado, Cristina Lizardo, para exponer el punto de vista del Ministerio Público. Argumentaba, entre otros aspectos, que esa nueva ley “estimulaba” el comercio de armas y permitía que los fusiles puedan ser usados por civiles.

“Nosotros no podemos permitir que, aún sean casos excepcionales, fusiles como M-14, M-16 o Fal, que son armas de guerra, puedan caer en manos de particulares, en el uso civil, cuando deben ser de uso militar exclusivo”, se quejó Domínguez Brito, posteriormente a que la iniciativa fuera aprobada por la Cámara de Diputados.

Actualmente la Ley 36 establece como mínimo tener 18 años para adquirir una licencia de armas. El proyecto de ley para el control de armas de fuego, municiones, explosivos, armas blancas y otros materiales eleva ese requisito a 25 años cumplidos. El proyecto asimismo sanciona con hasta un año de prisión a las personas que exhiban el arma en lugares públicos.

Proyecto establece sanciones para locales

Otras de las disposiciones legales que establece la iniciativa de Bisonó recae sobre los centros de diversión o consumo de bebidas alcohólicas. Éstos serán sancionados con el cierre del establecimiento de manera temporal o definitiva, cuando permitan a personas exhibiendo y/o portando armas de fuego o blancas. Hoy en día, y gracias a la resolución 390-2013 del año 2013, Interior y Policía dispone como requisito para obtener o renovar licencias, la captura de las huellas balísticas y biométricas. Esos datos deben ser integrados al Sistema Nacional de Armas.

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