Pro Consumidor sancionará a Lidom y CBPC por incumplimiento en «Derby de Jonrones»

Pro Consumidor informó que sancionará a la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana (Lidom) y a la Confederación de Béisbol Profesional del Caribe (CBPC), por violar múltiples disposiciones de la Ley 358-05 al no cumplir con lo promet

Pro Consumidor informó que sancionará a la Liga de Béisbol Profesional de la República Dominicana (Lidom) y a la Confederación de Béisbol Profesional del Caribe (CBPC), por violar múltiples disposiciones de la Ley 358-05 al no cumplir con lo prometido en el “Derby Home Run”.

El Derby fue anunciado con la participación de jugadores de Grandes Ligas, y contribuyó a que muchos fanáticos adquieran las boletas del juego, por lo cual han sido presentadas varias reclamaciones ante el organismo rector de los derechos consumidores y usuarios.

La entidad consideró la imposición de una multa de 60 salarios mínimos y ordenó además al Lidom y a la CBPC, que toda persona que haya adquirido boletas para el Derby y no hubiese asistido a dicho evento, si así lo decidiere, le sea devuelto el monto pagado por este concepto. Las pruebas presentadas fueron evaluadas por medios escritos, televisivos, rueda de prensa y otros, donde se estableció que no hubo claridad en tiempo oportuno.

Pro Consumidor, mediante una resolución, dispuso que en cumplimiento del debido proceso de Ley, se otorgan los plazos de la Ley No. 107-13 sobre los Derechos y Deberes de las Personas en sus Relaciones con la Administración Pública y los Actos y Procedimientos Administrativos, tanto para la interposición del Recursos de Reconsideración por ante la Dirección Ejecutiva como el Recursos Jerárquico por ante el Consejo Directivo de la institución.

La entidad que dirige la doctora Anina Del Castillo dispuso la notificación de la resolución a la Lidom y a la CBPC, Mediante la resolución D. E. No. 1-2016, la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor “Pro Consumidor”, en ejercicio de las atribuciones que le confieren las disposiciones de la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario No. 358-05. 

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