El plural adecuado de la expresión cláusula suelo es cláusulas suelo, y no cláusulas suelos.En los medios de comunicación se encuentran, sin embargo, ejemplos como «El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado el límite a la retroactividad en las cláusulas suelos», «La banca ya cambia las cláusulas suelos por otros productos» o «El Tribunal Supremo declara nulas las cláusulas suelos de la entidad».

Según indica la Gramática académica, los plurales de expresiones como año luz, ciudad dormitorio o mueble bar son, respectivamente, años luz, ciudades dormitorio o muebles bar; esto es, con marca de plural solo en el primero de los sustantivos.

Pese a esta generalización, la misma obra también precisa que en compuestos similares como momento clave o situación límite se emplean ambas formas de plural: momentos clave o momentos claves y situaciones límite o situaciones límites. Esta posibilidad de doble plural se ve favorecida en aquellos términos que admiten que se intercale el verbo ser: los momentos son claves y las situaciones son límites, pero los años no son luz.

En el caso concreto de cláusulas suelo, se recomienda mantener el plural solo en el sustantivo cláusula, ya que el segundo elemento no tiene valor adjetival (las cláusulas no son suelos).

Al tratarse de una denominación ampliamente asentada no es preciso destacarla en cursiva ni entrecomillarla.

Así, en los ejemplos anteriores lo más adecuado habría sido optar por «El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha rechazado el límite a la retroactividad en las cláusulas suelo», «La banca ya cambia las cláusulas suelo por otros productos» y «El Tribunal Supremo declara nulas las cláusulas suelo de la entidad».

Se recuerda además que, de acuerdo con las normas académicas sobre colocación de la tilde en los diptongos, lo adecuado es escribir cláusula con acento gráfico en la primera a y no en la u.

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