Impuestos a los pobres y exenciones a los ricos

En noviembre del 2016, la Asociación Dominicana de Empresas Courier (ADOSEC) anunció a todos sus miembros que la tasa de servicios a ser cobrada por la Dirección General de Aduanas (DGA), conocida como la tasa DGA, sobre las importaciones realizadas&#8

En noviembre del 2016, la Asociación Dominicana de Empresas Courier (ADOSEC) anunció a todos sus miembros que la tasa de servicios a ser cobrada por la Dirección General de Aduanas (DGA), conocida como la tasa DGA, sobre las importaciones realizadas a través de courier bajo la Categoría “B”, es decir, aquellas importaciones con valor F.O.B. igual o menor a US$200.00, será de a) US$0.50 por kilo entre el 15 de noviembre y el 31 de diciembre del 2016; b) US$0.75 por kilo entre el 1ro. de enero del 2017 al 30 de junio del 2017; y c) US$1.00 a partir del 1ro. de julio del 2017.

Eso quiere decir que hoy día una persona que importe un par de zapatos por vía de una empresa de courier, con un valor FOB de US$200.00, con un peso de 2 kilos (4.4 libras), terminaría pagando impuestos aduaneros por la suma de US$1.50. Ese sería el total de impuestos que pagaría ese consumidor que utiliza la vía de la empresa de courier para importar este par zapatos comprados por internet.

¿Acaso ese paraíso fiscal aduanero existe en el resto de los países de la región? No. Cuando se revisa el tratamiento que se da actualmente en las aduanas de la región a las importaciones realizadas a través de empresas de courier, se observa que en la América Latina esas importaciones reciben el mismo trato que se da a todas las importaciones que ingresan al territorio aduanero de cada país. En El Salvador, Guatemala, Honduras, Costa Rica, Nicaragua, Panamá, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, México, Paraguay y Venezuela, las importaciones que ingresan al territorio nacional a través del sistema de correo expreso pagan el arancel, el IVA y en los casos que aplica, el impuesto selectivo al consumo. En algunos países agregan también una tasa de almacenaje (El Salvador), un recargo adicional (15% en Argentina) y una tasa de aforo (1.5% en Chile).

Por un par de zapatos de US$200.00, nuestras aduanas están cobrando US$1.50 de impuestos. A continuación estimaremos la totalidad de impuestos a pagar si la República Dominicana, en vez de propiciar este absurdo paraíso de evasión fiscal oficializada, actuase racionalmente y cobrase los impuestos que tributan el resto de las importaciones no acogidas a regímenes de incentivos y exenciones. Un par de zapatos con un valor F.O.B. US$200.00, arrojaría un valor CIF de US$213.00 si se asume el flete aéreo promedio de US$2.95 por libra (US$6.50 por kilo) que cobran las empresas de courier. Aplicando el arancel de 20% sobre el valor CIF, como establece la Ley, el monto correspondiente al arancel de aduanas ascendería a US$42.60. Sumando dicho monto al valor CIF para determinar la base sobre la que se cobra el ITBIS tendríamos: (US$213.00 + US$42.60) x 18%, lo que arroja que un monto total de ITBIS ascendente a US$46.01. En consecuencia, el total de impuestos a pagar ascendería a US$42.60 de arancel + US$46.01 de ITBIS, lo que arroja un total de US$88.61, suma equivalente al 44.3% del valor FOB del par de zapatos comprado por internet.

Visto lo anterior, se puede observar que por un par de zapatos que la DGA debería estar cobrando US$88.61 de impuestos, en la actualidad, cobra US$1.50, es decir, apenas el 1.69% del monto que debería cobrar. Sencillamente, una vergüenza. Alguien podría indicar que a partir de julio en vez de US$1.50 la DGA cobrará US$2.00 sobre este par de zapatos. Igualmente ridículo.

La semana pasada, la DGA, a través de la Resolución No. 402-05 anunció que a partir del lunes 3 de abril del 2017, todos los usuarios de compras por internet deberán garantizar que cuando las mercancías lleguen a las aduanas vengan acompañadas de las facturas de compra. En otras palabras, durante los últimos 7 años, esas importaciones podían venir sin facturas y, por tanto, sin que la DGA tuviese información sobre su real costo de adquisición. La DGA, con esta medida persigue reducir la avalancha de productos con valor superior a US$200.00 que son importados subvaluados a través de las empresas de courier, es decir, declarados con un valor inferior a US$200.00. La experiencia en otros países con medidas similares no ha servido de mucho. No cuesta mucho establecer “empresas” aquí o en el exterior que se dediquen a emitir facturas con valores subvaluados, las cuales sustituirían a las verdaderas.

La transparencia y el sentido común apuntan en una dirección muy diferente a la que ha estado siguiéndose hasta el momento. Lo correcto es hacer lo mismo que han hecho los demás gobiernos y aduanas de la región: cobrar el arancel, el IVA y, si aplica, como es el caso de las bebidas alcohólicas, el impuesto selectivo correspondiente. Después de todo, las familias pobres del país, que no tienen tarjeta de crédito ni acceso a internet, cuando tienen que comprar zapatos en los comercios locales, pagan los impuestos arancelarios y el ITBIS que esos comercios avanzaron a las aduanas cuando los importaron. ¿Acaso es defendible que el Gobierno dominicano esté patrocinando un sistema impositivo donde las familias de clase media alta y ricas del país pueden comprar sin pagar impuestos mientras las pobres necesariamente son forzadas a pagarlos?

A pesar de todos los progresos que ha registrado el país en los últimos años, hay un área donde los resultados son realmente lamentables: la inequidad distributiva no ha cedido. En efecto, el coeficiente de Gini no ha cambiado de septiembre del 2012 a septiembre del 2016, manteniéndose en 0.46. Incluso, se ha deteriorado en los últimos dos años al subir de 0.448 en septiembre del 2014 a 0.46 en septiembre del 2016. Esto no debería sorprender en un país donde prevalecen políticas tributarias aberrantemente absurdas y regresivas: obligan a los pobres a pagar aranceles e Itbis en sus compras mientras liberan el pago de ambos impuestos a los ricos cuando las adquieren, cada vez con mayor intensidad, por internet y las reciben en sus hogares utilizando empresas de courier.

Si manejásemos la política tributaria con sensatez y cobrásemos todos los impuestos correspondientes a las compras por internet, independientemente del valor, el Gobierno podría elevar las recaudaciones aduaneras entre RD$4,500 y RD$5,000 millones al año. Con esos recursos podría intensificar sus programas de apoyo a los más pobres – las visitas sorpresas, por ejemplo-, y comenzar a reducir la inaceptable inequidad distributiva que prevalece en el país.

La realidad es que en nuestro territorio existen dos países. Uno donde sobreviven cientos de miles de familias que les falta todo, y otro, un verdadero paraíso, habitado por un grupo más reducido de familias que tienen de todo, incluso el privilegio de exenciones irritantes como la de las compras por internet. ¿Que la eliminación de este privilegio fiscal caería mal en las familias de más altos ingresos que hoy viven en la geografía privilegiada de nuestro país? Probablemente. El que tenga miedo que pida refuerzos a la OCDE, organización que la semana pasada pidió a Latinoamérica “que haga pagar más impuestos a las clases altas”. Y eso que ellos no saben que aquí, algunos impuestos se los cobramos sólo a los pobres mientras se lo liberamos a los ricos.

Mientras esto ocurre, el Tribunal Constitucional, lleva más de dos años conociendo el recurso que le sometió la DGA para que decida si esta última tiene o no facultad de cobrar todos los impuestos aduaneros a las importaciones de US$200.00 o menos que ingresan al territorio nacional. En otras palabras, que decida si se mantiene el sistema actual que obliga a los pobres a pagar esos impuestos cuando compran en el mercado local y libera a los ricos cuando compran por internet. Y después protestan porque el Poder Ejecutivo asigna pocos recursos al Poder Judicial. 

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