Condenan dos por homicidas de propietario de negocio “Alison Rockeford”

Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenciaron a 30 años de prisión a Edwin Miguel Hernández Guzmán y 10 años a Keilan Daniel Pérez Heredia (a) Moreno, hallados culpables de quitarle la vida a Alexon Jeovany Muñoz&#8

Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional sentenciaron a 30 años de prisión a Edwin Miguel Hernández Guzmán y 10 años a Keilan Daniel Pérez Heredia (a) Moreno, hallados culpables de quitarle la vida a Alexon Jeovany Muñoz Frías, propietario del negocio “Alison Rockeford”, donde luego del homicidio cometieron robo agravado.

De acuerdo con la acusación, el hecho ocurrió en fecha 11 de agosto del 2012 mientras la víctima se encontraba en el local, en la avenida Barney Morgan esquina Yolanda Guzmán, del referido sector.

El expediente instrumentado por la Fiscalía,  narra que los acusados llegaron a bordo de una motocicleta, junto Jeison Cruz Morel (prófugo), donde procedieron a entrar y a amordazar a la víctima con intenciones de robarle, causándole asfixia por estrangulación, agrediéndolo con un destornillador y un cuchillo. Los acusados le  provocaron 15 heridas punzo penetrantes en distintas partes del cuerpo,  produciéndole la muerte de manera inmediata.

“Luego de cometer la acción criminal, los acusados y su acompañante, sustrajeron tres plantas de música y luego se dirigieron hacia la yipeta 4Runner, propiedad del occiso, la cual sustrajeron y huyeron en la misma” narra la instancia.

El tribunal, conformado por los jueces  Pilar Rufino, Daira Medina y Altagracia Ramírez, validó las pruebas que demuestran la responsabilidad penal del prevenido de libertad, presentadas por el Ministerio Público, que estuvo representado en la audiencia por el procurador fiscal Dr. Johnny Núñez Arroyo.

La conducta de Edwin Miguel Hernández Guzmán y Keilan Daniel Pérez Heredia (a) Moreno, quienes deberán cumplir la pena impuesta en la cárcel La Victoria, constituye una violación a los artículo 265, 266, 295, 304, 379, 382, y 385 del Código Penal Dominicano.

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