Miriam Germán: No pido que me den, tampoco que me quiten

Haciendo uso de un necesario ejercicio filosófico, quiero interpretar unas de las expresiones existencialmente más contundentes, que aún retumban en la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia reseñada en varios medios. “En mi ejercicio&#8

Haciendo uso de un necesario ejercicio filosófico, quiero interpretar unas de las expresiones existencialmente más contundentes, que aún retumban en la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia reseñada en varios medios. “En mi ejercicio como juez tengo como prenda más preciosa un pequeño espacio en el cual soy mi propia dueña y, que no se lo cedo a nadie”. Pero, tal vez, la mejor respuesta que ella dio al terror procesal de la Procuraduría General de la República, sobre una decisión posible de libertad pura y simple a los imputados, apegada al respeto de los derechos fundamentales y las normas procesales, fue la siguiente: “Creo que para el juez la frontera más lejana debe ser la del miedo”.

Esta última respuesta y la anterior, dada por Miriam Germán Brito, a todo el cuestionamiento sobre la posibilidad de que el o la juez, pueda cumplir o no con las expectativas de la sociedad, fue el desafío que no asumió el juez Francisco Ortega Polanco; esto, bajo la simple justificación, de que no es lo mismo muchos que uno. En otros términos, no es lo mismo la responsabilidad colectiva de un colegiado que la individual; frente a una articulación de descrédito como la que ha montado el Poder Ejecutivo y su Ministerio Público contra la Judicatura y el llamado Poder Judicial. ¿Cuál es el mito creado por los sectores que buscan controlarlo todo? Pues, ni más ni menos, la vieja reglita de la escuela; el juez que queme el examen en Odebrecht, no pasa de curso en el Consejo de la Magistratura. Reprobar significa en este examen, ir contra el deseo del Ministerio Público y quienes lo instrumentalizan, no ignorando la correcta aplicación de la norma constitucional y el buen derecho.

No importa que el color sea verde o universal, quienes desde este compromiso actúan lo hacen protegidos por el legítimo derecho de ciudadanía tutelado por la Constitución dominicana en su artículo 22, numeral 5, entre otros, que dice – “Derechos de ciudadanía. Son derechos de ciudadanas y ciudadanos”: 5) “Denunciar las faltas cometidas por los funcionarios públicos en el desempeño de su cargo”.

En el ejercicio de este derecho, en el caso de la justicia y Odebrecht, se tiene que tener la claridad de consciencia, que por la forma en como está organizado el sistema judicial y las normas que le rigen en Materia Penal, tanto las salas colegiadas como las unipersonales, los jueces decidirán sobre lo que entre por sus puertas, y las puertas del proceso acusatorio y de investigación de acción pública, no a instancia privada, sólo entra de las manos del Ministerio Público al sistema de juzgamiento. Si lo que el Ministerio Público lleva es judicialmente valioso, habrá resultados deseados en favor del derecho ciudadano, de lo contrario, pasará lo de Odebrecht.

Hemos aspirado a una justicia que dé a cada uno lo que corresponde, y destruya cualquier dejo de privilegios, con jueces justos que actúen por esta única razón. Pero, hemos olvidado, tener un Ministerio Público tan independiente, pero tan independiente, que se pueda perseguir e investigar a sí mismo. Antes de concluir estas reflexiones, quiero citar uno de los argumentos de trabajos anteriores publicados en este mismo medio: “Cada uno tiene que ser uno él mismo personalmente justo. (Antropología Filosófica Contemporánea, García Bacca, Juan David; pág. 16)”.

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