JCE aclara que la Constitución prohíbe matrimonio entre homosexuales

El director de Registro Civil de la Junta Central Electoral –JCE- señaló este sábado que solo modificando la Constitución se estudiaría la posibilidad de permitir en la República Dominicana el matrimonio entre personas del mismo sexo, como determinó en días pasados la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Henry Mejía Oviedo, juez titular de la JCE (Fuente externa)
Henry Mejía Oviedo, juez titular de la JCE (Fuente externa)

El director de Registro Civil de la Junta Central Electoral –JCE- señaló este sábado que solo modificando la Constitución se estudiaría la posibilidad de permitir en la República Dominicana el matrimonio entre personas del mismo sexo, como determinó en días pasados la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

Henry Mejía Oviedo estableció que el artículo 55 de Constitución y la Ley 659 sobre Estado Civil de una persona son bastantes claros.

“La Constitución es muy clara en su artículo 55 cuando reza como mandato que el matrimonio es entre un hombre y una mujer, pero la misma Ley 659 que rige el Estado Civil de la apersona también lo dice claro y nosotros que en la Junta Central Electoral recibimos los matrimonios católicos y ahora de la iglesia evangélica, también viene con ese mandato”, subrayó Mejía Oviedo.

Explicó  que solo modificando esas normativas podría darle cabida  esa solicitud.

En días pasados la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) determinara que los matrimonios entre parejas del mismo sexo deben ser reconocidos.

De los 22 países que se acogieron al tratado, el órgano que pertenece a la Organización de Estados Americanos (OEA) tiene jurisdicción sobre una veintena.

La CorteIDH dijo que los estados «deben reconocer y garantizar todos los derechos que se deriven de un vínculo familiar entre personas del mismo sexo», incluido el matrimonio.

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