El Presidente y el Código Procesal Penal

En el mundo, y aun en nuestro país donde el Poder Ejecutivo mantiene una gran presencia en todos los órdenes de la vida nacional, la tendencia es que las grandes corporaciones, los ejércitos y los gobernantes tengan cada vez menos poder, o menos…

En el mundo, y aun en nuestro país donde el Poder Ejecutivo mantiene una gran presencia en todos los órdenes de la vida nacional, la tendencia es que las grandes corporaciones, los ejércitos y los gobernantes tengan cada vez menos poder, o menos capacidad de imponer de forma libérrima sus proyectos. 

Las razones que hacen esto posible, según Moisés Naím, son “tres categorías de transformaciones revolucionarias  que…definen nuestro tiempo: la revolución del más, que se caracteriza por el aumento, la abundancia de todo(…); la revolución de la movilidad, que capta el hecho de que no solo hay más de todo sino que ese “más” (…) se mueve más que nunca y a menor coste, y (…) la revolución de la mentalidad, que refleja los grandes cambios de modos de pensar, expectativas y aspiraciones que han acompañado a esas transformaciones” (El fin del poder: 2013, 31-32).

En el país, por ejemplo, con la campaña del cuatro por ciento (4%) para la educación, un grupo de ciudadanos y organizaciones minoritarias impusieron el tema en la “agenda nacional” y lograron el objetivo, que no es la solución ni mucho menos del problema educativo, pero que significó un paso de avance importante.

De igual forma al Presidente de la República le han impuesto en su agenda el tema migratorio, y la respuesta última dada por el mandatario, de “hablar” con destacados líderes nacionales, confirma dos cosas: 1. Que ni aún él puede “hacer lo que quiera” sin consultarlo con la nación –o al menos con personas que representan importantes sectores de la vida pública nacional-; y, 2. Que es un gran integrador, componedor y conciliador, buscando el necesario consenso sobre tan espinoso tema.

Ahora, en relación al Código Procesal Penal, al Presidente Medina quieren imponerle una (Contra) Reforma que, de un lado, vulnera derechos y garantías contenidos en la Constitución de la República que juró defender; y, por otro, que es un traje a la medida para cubrir acciones dolosas “pasadas o futuras” cometidas (o por cometer) por funcionarios que, más bien, dada su condición de administradores de la cosa pública deben estar más expuestos al escrutinio de todos. Al respecto, si el temor de estos es a “acusaciones infundadas”, para eso estará la justicia.

No es cierto que el Código Procesal Penal sea un “código de delincuentes”, más bien es un “código de ciudadanos”. El proceso superado con este instrumento, y al que volveremos si se hace ley esta (Contra) Reforma, no daba derechos ni garantías a nadie, incluyendo a quienes se consideraban víctimas, y no respondía ni a la Constitución ni a ningún tratado internacional sobre Derechos Humanos de los que somos signatarios. El populismo jurídico y las “leyes duras” no hacen buenos ciudadanos ni transforman prácticas sociales nocivas.

El asunto está en dar oportunidades, óptimos servicios públicos y “empoderar a la gente” (no quitarle derechos); es cumplir, en definitiva, con una deuda social que el Estado dominicano tiene desde el inicio de la República con el pueblo.

Por suerte el Presidente Medina tiene como Consultor Jurídico al Dr. César Pina Toribio, quien no sólo es abogado con mucho ejercicio, sino que fue uno de los principales impulsadores de la normativa que se piensa desechar con la (Contra) Reforma. Sabemos que el Presidente lo escuchará, y no será recordado en la materia como quien desechó la Constitución y los tratados internacionales sobre derechos humanos con una (Contra) Reforma conservadora, propia de regímenes de “mano dura”.

Finalmente, y en lo relativo a quitar la posibilidad de que la ciudadanía fiscalice la forma cómo sus funcionarios manejan la “cosa pública”, el Presidente no puede dejar la posibilidad de que le pongan la etiqueta histórica de que “legalizó la corrupción”. l

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