Exprocurador Víctor Céspedes cree TC debe regular artículo 85

El ex procurador general, Víctor Céspedes Martínez, se mostró contrario a que el articulo 85 acápite 3 del Código Procesal Penal sea eliminado, pero entiende que el Tribunal Constitucional debe regularlo para que no sea utilizado de manera inquinosa

El ex procurador general, Víctor Céspedes Martínez, se mostró contrario a que el articulo 85 acápite 3 del Código Procesal Penal sea eliminado, pero entiende que el Tribunal Constitucional debe regularlo para que no sea utilizado de manera inquinosa para someter una querella en contra de cualquier servidor público.

Céspedes Martínez  manifestó que el artículo 85 debe ser reglamentado porque se presta a que ciertos sectores, instituciones o personas “por cierta inquina desconocida” procedan a someter una querella en contra de cualquier funcionario de la República.

Al ser entrevistado por el periodista Salvador Holguín en el programa Hilando Fino que se transmite por Súper Canal, el exprocurador expresó que en la vida todo está reglamentado y que el artículo 85 debe ser regulado  para su aplicabilidad porque hay sectores que pueden hacer daño a través de ese artículo.

MP no recusó bien jueza

Céspedes Martínez dijo que en el caso de la fiscal del Distrito Nacional, Yeni Berenice Reynoso, y la jueza Margarita Cristo Cristo lo que se debe cuestionar es que el  Ministerio Público no presentó de manera formal la recusación en contra de la jueza.

El exprocurador aclaró que una cosa es la inhibición y otra  la recusación, ya que en la inhibición como tal no es obligatorio que el tribunal suspenda el caso hasta que la corte conozca la acusación y que obligatoriamente todo depende de la credibilidad de las pruebas presentadas en el momento de la solicitud de la inhibición.

Resaltó que el caso debe recaer sobre el Ministerio Público, que es el defensor de la sociedad y no sobre la fiscal Reynoso.

Expresó que los jueces son servidores públicos, no persecutores por lo que no tienen por qué tener enemistad con ninguna de las partes. “Son árbitros de las partes, lo malo no es que los jueces sostengan una reunión con alguna de las partes, sino lo que se trate durante la reunión, eso es lo que debe ser investigado por el Ministerio Publico”, adujo de acuerdo de una nota de prensa emitida por la producción del programa.

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