Odebrecht ya pagó RD$30 MM a RD como parte de indemnización; el resto en 8 años

El Procurador General de la República, Jean Rodríguez, reveló este jueves detalles del acuerdo firmado con la empresa brasileña Odebrecht, en virtud de los sobornos que la empresa brasileña admitió…

El Procurador General de la República, Jean Rodríguez, reveló este jueves detalles del acuerdo firmado con la empresa brasileña Odebrecht, en virtud de los sobornos que la empresa brasileña admitió haber pagado en República Dominicana, ante autoridades judiciales de Estados Unidos, Brasil y Suiza.

Rodríguez explicó que, “tal y como se había anunciado al país el 20 de enero del año en curso, Odebrecht se comprometió al pago indemnizatorio de 184 millones de dólares, el doble de la suma de 92 millones de dólares que la empresa admitió haber pagado como sobornos en el país, cantidad que fue negociada tomando como referencia la Ley 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión”.

Señaló que, según el acuerdo, “dicho monto será desembolsado paulatinamente en un plazo de 8 años, mediante pagos anuales parciales hasta enero del año 2025, iniciando con un primer abono de 30 millones de dólares, desembolsado a la firma del acuerdo el pasado miércoles. En adición, la República Dominicana gozará de un derecho de prelación o privilegio en el cobro de la indemnización sobre los demás países afectados por sobornos, a excepción de Estados Unidos, Brasil y Suiza”.

Destacó que, “aparte de Brasil, la República Dominicana se destaca como el único país latinoamericano que, a la fecha, ha logrado una compensación que duplica el monto de los sobornos reconocidos, además de ser el único que recibirá la totalidad de la indemnización pactada en un plazo de 8 años, a diferencia de los plazos de más de 20 años negociados por Brasil, Colombia, Panamá y Perú”.

Cooperación de Odebrecht fortalecerá la investigación

El Procurador resaltó una vez más que la firma del acuerdo económico no detendrá las investigaciones. “Seguiremos trabajando sin descanso y hasta las últimas consecuencias para identificar a quienes aceptaron dádivas en perjuicio del Estado y toda la sociedad, caiga quien caiga. A esos fines, hemos garantizado el fortalecimiento de la investigación local a través de una cláusula de cooperación en el acuerdo, que obliga a Odebrecht a robustecer la potencial acusación del Ministerio Público”, puntualizó.

En efecto, dijo, “como condición para obtener los beneficios del convenio, Odebrecht se comprometió a proporcionar al Ministerio Público toda la información que le sea requerida, especialmente la delación premiada sobre las operaciones de Odebrecht en el país ofrecida ante el Ministerio Público Federal de Brasil, a raíz de la cual resultarán identificadas personas, obras y la estructura financiera empleada en la movilización de los fondos destinados a sobornos, entre otras informaciones que permitirán al Ministerio Público dominicano continuar con su investigación y someter a la justicia a quienes hayan violado la ley”.

Manifestó además que, “estas informaciones serán suministradas una vez sea homologado y librado de confidencialidad el Acuerdo de Lenidad suscrito por Odebrecht con las autoridades brasileñas, con la aprobación de las autoridades de los Estados Unidos, de conformidad con el Acuerdo de Lenidad firmado por Odebrecht con esta última nación”.

Agregó también que, “el contenido de este acuerdo está protegido en su totalidad por la confidencialidad establecida en el artículo 290 del Código Procesal Penal Dominicano”.

“Nuestro objetivo es identificar a cada uno de los que se beneficiaron de esta estructura criminal en el país y procesarlos para que sientan todo el peso de la ley. Por eso, este acuerdo apenas es el comienzo de los esfuerzos que se están realizando desde la Procuraduría para aclarar el entramado de corrupción creado por Odebrecht en el país”, indicó el Procurador.

Alcance del acuerdo

Como contrapartida de la compensación y colaboración jurídica de Odebrecht, en respeto a los acuerdos internacionales, el principio de non bis in ídem y la economía procesal, y una vez satisfechas las condiciones del acuerdo, la empresa y sus empleados directos continuarán siendo procesados en la jurisdicción brasileña, donde su principal funcionario, Marcelo Odebrecht, se encuentra cumpliendo una condena de 19 años de prisión.

Al igual que en Brasil, Estados Unidos y Suiza, el acuerdo beneficiará únicamente a Odebrecht y sus empleados directos. Quedan completamente fuera del alcance del convenio y podrán ser objeto de persecución penal todas las sociedades que no sean parte del grupo económico de Odebrecht, así como también los representantes comerciales, comisionistas, agentes, intermediarios, empresarios, funcionarios públicos y demás terceros involucrados en los hechos admitidos por la constructora brasileña.  

Operaciones de Odebrecht en el país

 Siguiendo los estándares y mejores prácticas internacionales en materia de gobierno corporativo ycompliance penal, el Ministerio Público ha exigido a Odebrecht aplicar en la filial dominicana de la compañía las mismas medidas de fortalecimiento de la ética, gobierno corporativo, integridad y transparencia pactadas en el Acuerdo de Lenidad firmado con Brasil, Estados Unidos y Suiza, países donde también se le permitirá operar de manera condicionada. Estas acciones deberán ejecutarse en un plazo de 24 meses y los avances en la implementación deberán ser reportados al Ministerio Público mediante reportes semestrales.  

Como consecuencia de este compromiso, el Ministerio Público solicitará el levantamiento de las medidas cautelares que había solicitado contra la empresa, incluyendo la solicitud de inhabilitación temporal ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.

Base legal

La legalidad del acuerdo firmado con Odebrecht se fundamenta en el Artículo 2 del Código Procesal Penal, el cual establece que el proceso penal tiene carácter de medida extrema de la política criminal, por lo que el Ministerio Público tiene la posibilidad de utilizar medidas alternativas para restaurar el orden social fuera de la judicialización del caso.

Igualmente, el Artículo 370.6 de la misma norma permite al Ministerio Público aplicar criterios de oportunidad en casos de naturaleza compleja, como el presente, cuando los imputados colaboran eficazmente con la investigación, brindan información esencial, ayudan a esclarecer los hechos o proporcionan información útil para comprobar la participación de otros imputados. 

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