Ley No. 63-17. Certificado médico psicofísico (1 de 2)

Múltiples investigaciones han reportado que la mayoría de los accidentes que tenemos en República Dominicana están relacionados con errores humanos. Estos errores comprenden infracciones a las normas por problemas que van desde simples…

Múltiples investigaciones han reportado que la mayoría de los accidentes que tenemos en República Dominicana están relacionados con errores humanos.

Estos errores comprenden infracciones a las normas por problemas que van desde simples alteraciones emocionales ocasionales, hasta patologías psiquiátricas importantes y alteraciones propias de los efectos de consumo de drogas legales e ilegales.

Esta es la razón por la cual la recién promulgada Ley No. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial exige la presentación de un “Certificado médico de aptitud psicofísica y técnica”, como requisito para expedir una licencia de conducir; además, ese certificado debe ser presentado periódicamente para su renovación.

De estos exámenes lo que más conocemos son los oftalmológicos, que la mayoría de las veces suelen ser muy superficiales. Sin embargo, los exámenes deben contemplar una buena historia clínica y pruebas que puedan arrojar datos de: audiometría, comportamiento y tiempo de reacción ante estímulos visuales y auditivos, alergias, problemas cardiorrespiratorios, especificando si existe alguna condición especial que deba ser
especificada en el carnet como una restricción.

Esta ley contempla las evaluaciones psicológicas, las cuales estarán bajo la responsabilidad del Colegio Dominicano de Psicólogos, quien en este momento prepara el reglamento y los protocolos correspondientes.

Esta evaluación debe incluir pruebas que ofrezcan información sobre la función cognitiva, tipo de personalidad y reacciones emocionales, coordinación viso-motora, entre otras.

Precisamente por esa razón “prohíbe a los conductores de vehículos ingerir bebidas alcohólicas mientras transitan por las vías públicas o conducir en estado de embriaguez… y conducir un vehículo bajo los efectos de drogas o sustancias controladas”, porque el consumo de estas sustancias altera la función cerebral. l

Posted in Edición Impresa, Panorama

Más de edicion-impresa

Más leídas de edicion-impresa

Las Más leídas