La ley 340-06

Cuando se promulgó esta ley, todos entusiasmados, entendíamos que los procesos de compras serían más transparentes, permitirían a un número mayor de suplidores participar en las

Cuando se promulgó esta ley, todos entusiasmados, entendíamos que los procesos de compras serían más transparentes, permitirían a un número mayor de suplidores participar en las compras de las diferentes instituciones del Estado y que la misma generaría grandes economías para el presupuesto de la nación.

Pero como siempre, he dicho muchas veces, el problema no es de leyes por perfectas que estas sean, lo fundamental está en quienes las manejan y con qué propósito las usan.

Hay instituciones que han hecho un uso apropiado de la misma, pero otras muchas, como el actual caso de la OMSA, ha puesto al descubierto que la misma puede ser violada utilizando procesos de emergencia o, simplemente, los incumbentes haciendo lo que les parece en provecho de empresas fantasmas, cuyo propósito es el enriquecimiento ilícito.

Es común ver cómo se preparan pliegos de condiciones que un solo suplidor puede cumplir; o los tiempos de entrega se hacen tan cortos, que sólo el que con anterioridad haya adquirido los bienes objeto de la licitación puede suplirlo con tiempo.

En otras ocasiones, para las instituciones que quieren cumplir la ley esta se convierte en una camisa de fuerza, porque los plazos que establece paralizan el buen desenvolvimiento de la institución.

Recuerdo que estando en el sector eléctrico fue necesario elaborar un proceso basado en la ley 340, aprobado por la Dirección General de Compras y Contrataciones y un decreto del presidente Fernández, que nos permitía reducir los tiempos de las licitaciones porque de lo contrario el sector eléctrico podría caer en un colapso por falta de materiales.

Cuando nos tocó ser parte de la Comisión de Punta Catalina, una de las recomendaciones que hizo el grupo designado por el presidente Danilo Medina era la revisión de dicha ley, no sólo para hacerla más práctica, sino para evitar que un solo licitante pudiera ser declarado ganador y que se presentaran pliegos que sólo una empresa fuera capaz de cumplir.

Pero volviendo al escándalo de la OMSA y una publicación muy bien elaborada del matutino Hoy, ¿cómo es posible que muchos suplidores coincidieran en diferentes instituciones gubernamentales, cuya dirección es desconocida y el objeto de la empresa muy distante a la de los bienes ofertados?

¿Dónde están las comisiones de veedores que fueron designados en las diferentes instituciones públicas?

Finjus ha preparado una excelente propuesta de modificación de la ley 340-06, donde propone que los estados de excepción sean bien definidos, para evitar que las emergencias se conviertan en rutina y una forma de violar la ley.

La exclusión permanente de todo suplidor que viole la ley es un mecanismo necesario en la modificación de esta ley. Así como tiene que quedar claro los requisitos de la selección de contratistas y que los mismos estén al día con el pago de todo tipo de impuestos.

Aunque la ley lo prevé, nos hemos hecho de la vista gorda y parientes y funcionarios participan de compañías que logran importantes contratos, no sólo violando la ley, haciendo más caras las compras para el Estado, sino también creando una competencia desleal para el sector empresarial formal que desea participar en las licitaciones.

Un aspecto es la de crear opciones claras para invalidar una licitación, ya que la actual ley adolece de este mecanismo y puede darse el caso de que de un proceso quede solo un licitante.
También la comparación de precios para evitar la colusión entre ofertantes, algo muy común donde estos se ponen de acuerdo para que el precio mayor sea el que prevalezca y luego se reparten las cantidades objeto del proceso de licitación.

Mejorar el presupuesto y las capacidades del órgano rector es vital para la aplicación de los procesos de compra; y por último, algo que se pasa por alto, incluir como obligatorio que la publicidad sea licitada. Este ha sido un mecanismo de enriquecimiento que ha pasado por alto a la sociedad, además se presta para ajustar voluntades a los deseos del contratante, ya que se otorga a la institución en cuestión el poder absoluto de decidir a qué medio o comunicador contrata.

Así como mejorar la presión tributaria es necesario, mucho más lo es utilizar los recursos del contribuyente de forma apropiada, hay fortunas que no tienen explicación y debe ser el interés de todos la transparencia en el manejo de los recursos del Estado, tan necesarios para mejorar las condiciones de vida de muchos de nuestros ciudadanos.

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