La Asociación Dominicana de Administradoras de Fondos de Pensiones (ADAFP) reiteró que las cuentas de los afiliados a las AFP no tienen fecha de expiración. Lo hizo respondiendo a informaciones que circulan en los medios de comunicación sobre el tema.

La institución resaltó la continua labor que realizan las AFP para garantizar los derechos que establece la ley del Sistema Dominicano de Seguridad Social 87-01 para los familiares de los afiliados fallecidos.

La presidente ejecutiva de ADAFP, Kirsis Jáquez, indicó que, tal como bien explicó la Superintendencia de Pensiones (SIPEN), el Sistema Dominicano de Seguridad Social prevé que los familiares de los afiliados activos cotizantes estén protegidos por un seguro de sobrevivencia contratado por las AFP con las compañías de seguros, beneficio que se rige en todas sus partes por el contrato póliza que aprueba el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS). Para recibir este beneficio los dependientes de dichos afiliados fallecidos deben realizar las diligencias y solicitudes ante las administradoras de fondos de pensiones correspondientes. En caso de que no califiquen para una pensión de sobrevivencia según lo establece la ley, el total del fondo acumulado en la cuenta se convierte en masa sucesoral y la reciben los herederos legales.

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