Jorge Mera: el PLD se ha constituido en defensor de lo indefendible

El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral, Orlando Jorge Mera, afirmó este domingo

El delegado político del Partido Revolucionario Moderno (PRM) ante la Junta Central Electoral, Orlando Jorge Mera, afirmó este domingo que en su defensa «desesperada» por el mantenimiento del “arrastre” o “rebote” de los diputados a los senadores, derogado por la nueva Ley Electoral No.15-19, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD)  se ha constituido en defensor de lo indefendible.

Planteó como no puede agarrarse de la Ley No.15-19, la cual establece ahora cuatro niveles de elección (con sus boletas): presidencial, senatorial, diputacional y municipal, recurre  al desesperado intento de aferrarse a la Ley No.157-13 que establece el voto preferencial.

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“El PLD quiere agarrarse del Párrafo del Artículo 2, que establece: “Cuando el elector decide marcar la fotografía del candidato o la candidata a diputado(a) de su preferencia está favoreciendo con su voto al partido de éste(a) y por ende al candidato(a) a senador(a) de dicho partido”.

Jorge Mera explicó que ese párrafo del Artículo 2 de la Ley No.157-13, ya hoy día, en virtud de la aplicación de la Ley 15-19, ha sido derogado por efecto de la promulgación de este texto legal, que, en su Artículo 291, establece: “Derogación de la Ley No. 275-97. Estas disposiciones derogan y sustituyen la Ley No.275-97 del 21 de diciembre de 1997, y sus modificaciones, o cualquier otra que le sea contraria”.

“Más claro que el agua”, refiere Jorge Mera en el escrito ampliatorio de las conclusiones presentadas en la audiencia pública celebrada por la JCE con los partidos, en fecha 4 del presente mes de abril.

Citó que la Ley No.157-13 no es especial, sino una ley que modificó y completó la Ley 275-97, tal y como establecen el “Considerando Sexto” (“Que el voto preferencial fue instituido por la JCE basándose en el Artículo 120 de la Ley Electoral No. 275-97”…) y el “Considerando Noveno” (“Que el establecimiento del voto preferencial garantiza y afianza el cumplimiento de los preceptos de las leyes y la Constitución de la República en materia electoral).

Y consigna que por demás, la Ley Electoral No. 15-19 es, además de ser “Orgánica”, que tuvo que ser aprobada por mayoría calificada en el Congreso Nacional de conformidad con la Constitución, constituye la última manifestación del legislador en materia electoral, y al introducir los cuatro niveles de elección, con sus boletas: presidencial, senatorial, diputacional y municipal, “deroga cualquier disposición que le sea contraria, lo que es una lección de Derecho 101”. Puntualiza que tanto los abogados como los dirigentes del PLD conocen esa realidad.

En otro orden, Jorge Mera resaltó el significativo hecho de que de los 27 partidos que acudieron a la audiencia 18 favorecieron la posición del PRM, incluyendo al PRSC, AP, Frente Amplio, PHD, PQDC, BISD, Dominicanos por el Cambio, FNP, Alianza por la Democracia, PSV, PPC, PRSD, PDI, PUN, PNVC, OD y ARBA,

 

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