El Tribunal Constitucional rechazó el recurso el amparo incoado por la Policía Nacional contra la sentencia de la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, que ordena el reintegro a las filas dela institución de Juan Carlos Olivares Carrera, raso que fue dado de baja por tener tatuajes en su cuerpo.

La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó la sentencia el 25 de febrero del 2016, donde además ordena el pago de todos los salarios dejados de percibir desde el día de su cancelación hasta la fecha en que se hiciera efectiva su reintegración.

El TC consideró que contrario a lo planteado por la parte recurrente, la Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo actuó correctamente al acoger la acción de amparo interpuesta por Olivares Carrera.

Estimó que al raso Olivares Carrera, le fueron vulnerados sus derechos fundamentales, al darle de baja de la institución tras considerar que el hecho de tener un tatuaje constituye una violación de los reglamentos y la ley institucional de la Policía Nacional.

“Lo que a juicio de este tribunal constituye una medida irrazonable y desproporcionada, pues la desvinculación de un miembro de las filas de la Policía Nacional debe realizarse siempre respetando sus derechos”, agregó.

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