El ministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, instruyó a todos los titulares de las instituciones públicas para que garanticen el uso adecuado de los símbolos patrios, como lo estable el artículo 31 de la Constitución de la República.
La disposición está contenida en un oficio firmado por el funcionario y remitido a los ministros, superintendentes, gobernadores, rectores, directores y administradores generales de instituciones del Estado.

El 12 de julio, el presidente Danilo Medina promulgó la Ley 210-19 que regular el uso de la Bandera Nacional, el Escudo Nacional y el Himno Nacional, símbolos patrios de República Dominicana.

De su lado, la directora del Departamento de Ceremonial y Protocolo, Laixa Lizardo Montolío, dijo que el artículo 50 de dicha legislación establece que las instituciones públicas y privadas, establecimientos comerciales y personas físicas que por alguna razón estén haciendo uso del escudo nacional en timbrados, impresos, cuadros, pinturas, murales, monumentos públicos, chapas, insignias y otros, deben comparar si están usando la versión correcta de los símbolos patrios.

En tal sentido, la funcionaria explicó que algunos de esos cambios consisten en reemplazar todas las versiones anteriores del escudo nacional que no estén conformes a la descripción que aparece en la Constitución del 2015, así como una colocación adecuada en el uso de la bandera de nacional.

Sostuvo que esa disposición legal hacía falta, ya que existían disposiciones sobre el uso de los símbolos, que muchas veces resultan contradictorias.

Además, estuvieron presentes en el acto el director Jurídico, Babaji Cruz Peñaló; y la Directora Estratégica de Medios, Navidad López Mota, del Ministerio Administrativo de la Presidencia, entre otros.

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