El Poder Ejecutivo ha pedido una dispensa legislativa para en el Presupuesto General del Estado 2020 reducir las asignaciones que por leyes específicas se les asigna a doce instituciones estatales, incluyendo en los ajustes pedidos a la JCE, la UASD y el Banco Central.

La solicitud, que incluye a la propia Presidencia de la República, está contenida en los artículos 28 y 29 del proyecto de Presupuesto General del Estado 2020, que cursa en el Congreso. El texto no dice el monto de la reducción, pero sí precisa que se ajustarán “en un monto inferior” los porcentajes que por diferentes leyes se les especializan a diferentes entidades. En el caso del Banco Central pide mantener la asignación en un 0.6% del Producto Interno Bruto (PIB), nivel que corresponde al año 2008, según el calendario de aplicación progresiva prevista en la Ley 167-07, de Recapitalización del Banco Central.

La base legal

El artículo 28 pide al Congreso autorizar “al Poder Ejecutivo a ajustar en un monto inferior en la presente ley, los porcentajes que sus respectivas leyes especializan para distintos fines, los cuales se aplicarán a las siguientes instituciones: Congreso Nacional, Poder Judicial, Junta Central Electoral (JCE), Procuraduría General de la República (PGR), Cámara de Cuentas, Ayuntamientos y Juntas de Distrito del País, Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Ministerio de la Juventud, a lCONANI”.

También reducir la asignación por ley de la DGA y a la DGII, así como la Presidencia de la República. A los ayuntamientos tienen por ley una asignación equivalente al 10% de los recursos del Fondo General, el Poder Judicial un 2.66% del Fondo General, la Cámara de Cuentas el 0.30% del Fondo General, la DGA el 4% de sus recaudaciones, y la DGII el 2% de su recaudación efectiva y el 0.50% de su recaudación efectiva para reembolsos tributario.

La asignación de la Junta Central Electoral (JCE), según el párrafo u del artículo 6 de la Ley 275-97, “no podrá ser mayor del 1.5% del Presupuesto de la Nación, el cual deberá ser incluido en el Proyecto de Presupuesto y Ley de Gastos Públicos que el Poder Ejecutivo someta al Congreso Nacional, sin perjuicio de los gastos extraordinarios para ser aplicados a un proceso electoral”. Al Congreso le toca, según la ley 194-04, el 3.10% del Fondo General, y a la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), por disposición de la Ley 139-01, artículo 91, el 5% de los recursos internos.

El Bancentral recortado con 0.4% del PIB

Para el Banco Central la asignación que ahora le tocaría sería equivalente al 1% del PIB. La ley 167-07 creó un una escala ascendente que iniciaba en 2007 con 0.5% y terminaría en 2016 con un 1.4% del PIB, a partir de cuando “las transferencias a ser consignadas anualmente en el Presupuesto”, equivalentes a la suma de los intereses por los Bonos para la Recapitalización del BC emitidos y cualquier otro tipo de transferencia prevista en esta ley, iniciarán un proceso de desmonte gradual que no podrá ser inferior al 1% del PIB, hasta que se complete la redención de los bonos.

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