Envían a prisión preventiva a hombre imputado de ultrajar símbolos patrios

El Ministerio Público de Santo Domingo Este logró la imposición de prisión preventiva en contra de un hombre que fue arrestado en Villa Mella por estar implicado en el ultraje a los símbolos patrios en violación a la Ley No. 210-19 y a la Constitución de la República.

Expresó que no tolerará el ultraje contra los símbolos patrios en ningún lugar de la República Dominicana y que procurará que sea sancionada toda persona que incurra en esa acción que constituye una violación a la Ley No. 210-19 y a la Constitución.

Santo Domingo.- El Ministerio Público de Santo Domingo Este logró la imposición de prisión preventiva en contra de un hombre que fue arrestado en Villa Mella por estar implicado en el ultraje a los símbolos patrios en violación a la Ley No. 210-19 y a la Constitución de la República.

José Miguel Segura Nolasco fue detenido por fiscales de Santo Domingo Este en compañía de agentes policiales, durante una operación que se llevó a cabo en un negocio de su propiedad localizado en Villa Mella, donde fueron ocupadas distintas evidencias que establecen el uso indebido de los símbolos patrios, entre ellas, un letrero tipo valla, 71 cajas de cartón para pizza, 206 calcomanías y publicidad del escudo, la bandera y el mapa de la República Dominicana en los que utiliza los colores de la bandera y el escudo de la República de Haití.

A través de un comunicado de prensa el Ministerio Público expresó que no tolerará el ultraje contra los símbolos patrios en ningunas de las demarcaciones de la República Dominicana y que procurará que se aplique la ley sobre toda persona que, sin importar su nacionalidad, intenten pisotear la dominicanidad.

Segura Nolasco,  fue enviado por un mes a la Penitenciaria Nacional de La Victoria por un juez de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de Santo Domingo Este por la presunta violación de la Ley No. 210-19 que regula el uso de los símbolos patrios y la Constitución de la República.

El órgano de justicia indicó que la Ley No. 210-19 en su artículo 17 sobre Definición de Ultraje a los Símbolos Patrios señala que “Para los fines de esta ley se entiende por actos de irrespeto y ultraje contra los Símbolos Patrios: a) Cualquier expresión afrentosa; b) Cualquier invectiva en ciertos casos, escritos o dibujos mediante el cual se expresa directa y voluntariamente desprecio hacia los mismos; c) Uso irrespetuoso contrario al orden público y buenas costumbres”.

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