La Administradora de Riesgos de Salud Primera ARS informó ayer que apeló a la demanda por negación de cobertura a una paciente con cáncer al tratarse de un reclamo improcedente.

La entidad explicó que al momento del requerimiento, en el año 2016, el medicamento solicitado, no estaba incluido en el catálogo del Plan Básico de Salud, razón por lo que en ese momento a la afiliada se le declinó la cobertura.

“Lamentamos el deceso de nuestra afiliada y nos solidarizamos con sus familiares. No obstante, deseamos esclarecer que a nuestra afiliada se le otorgaron de manera oportuna todas las coberturas que establecía el catalogo del plan de servicios de salud al momento de ser requeridas”, dice un comunicado de prensa.

Argumenta que aunque la paciente Filgia Angélica Brea Féliz falleció en el 2016, los familiares demandaron en daños y perjuicios en el 2018, es decir, un año después que el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) aprobara la resolución 431-02 que incluyó el fármaco en el catálogo.

Aunque el Tribunal reconoció que el medicamento no estaba el catálogo en el momento de requerir la cobertura, condenó a Primera ARS en junio de 2019, sentencia que en estos momentos se encuentra en la Corte de Apelación.

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