El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible siete casos de los que cinco corresponden al Partido de la Liberación Dominicana (PLD), uno al Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y otro al Partido Demócrata Popular (PDP).

Un octavo recurso en contra del Partido Revolucionario Moderno (PRM) fue rechazado por la corte. Se trata de una acción de amparo preventivo del candidato a diputado de ese partido por la circunscripción uno del Distrito, Omar Guarionex Méndez Lluberes, quien alegó que estaba siendo amenazado de ser despojado de la candidatura que ganó en las primarias.

Los jueces dictaminaron que el accionante no pudo comprobar que exista tal amenaza, pues el PRM de seis plazas en esa demarcación se reservó tres e igual número de candidaturas fue electo en las primarias y fueron ganadas por Méndez LLuberes, Eliazer Matos Féliz y Miguel Ángel Vásquez.

Los casos contra el PLD corresponden a candidaturas municipales en los municipios de Pedro Brand, Yamasá y los Los Alcarrizos. También declaró inadmisible una acción en la que tres dirigentes de la organización en Santiago Oeste alegaron arbitrariedad por parte de esa organización por la exclusión de Manuel Antonio Rodríguez de la lista de candidaturas a pesar de que participó en las primarias el 6 de octubre. El TSE alega que el PLD lo que hizo fue cumplir con lo establecido en la ley 33-18 y cumplir con el reglamento de la JCE con la proporción de la cuota de género y la reserva de candidaturas.

El TSE declaró inadmisible una acción en contra del PRD y la decisión de la Junta Electoral del Distrito porque existe otra vía judicial para garantizar el derecho que alega conculcado.

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