Existen varios tipos de perdones y asimismo circunstancias para los cuales aplican. Muchos por el simple hecho de leer las instrucciones no dejan claro su utilidad o más bien para cuáles casos aplicarían. El perdón de inadmisibilidad, el cual se aplica con el formulario I-192, es para personas que buscan entrar a los EU como no-migrantes y han cometido algunos actos criminales, contraído ciertas enfermedades contagiosas, o han realizado ciertas ofensas internacionales.

La entrada a los Estados Unidos para estas personas consideradas no admisibles puede permitirse a través de este perdón si cumplen los siguientes requisitos: a) la persona no puede tener intención de migrar a los EU. Debe regresar al país de residencia al finalizar su estadía en EU; b) debe tener un documento válido que te permita la entrada a lo Estados Unidos. Básicamente, esto significa que debe tener una visa o estampa válida, estar buscando el estatus de visa T o U, ser ciudadano canadiense; o c) mostrar evidencias indubitables que te hacen calificar por otras circunstancias o razones.

De manera llana, si cometiste un acto que te hace inadmisible; pero tienes aún una visa válida, antes de realizar tu viaje debes aplicar para este perdón de inadmisibilidad. En caso de que intentes renovar un visado vencido, puedes intentar aplicar de manera conjunta al perdón y al visado. En ambos casos, el agente consular va a revisar la documentación y en caso de que recomiende su aprobación, el expediente se remitirá a La Oficina para Revisiones de Admisibilidad o USCIS (dependiendo del caso) para su aprobación.

Por otro lado, las personas que desean ingresar temporalmente a los EU luego de la condena de un delito grave, delito de drogas, fraude o delitos contrarios a la moral, también pueden utilizar este perdón. Los únicos motivos de inadmisibilidad que no aplican para este perdón, son los relacionados con el espionaje, el sabotaje, el genocidio o la participación en la persecución nazi.

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