El presidente Danilo Medina promulgó el pasado 7 de febrero, la Ley 13-20 que reforma, entre otras cosas, el sistema de comisiones que cobran las AFPs bajo el sistema de capitalización individual que fue creado en el año 2001 cuando se aprobó la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
El proyecto de ley inicialmente sometido por el Poder Ejecutivo sustituía la Comisión Mensual Administrativa (CMA) de 0.50% sobre el salario y la Comisión Anual Complementaria (CAC) de hasta 30% del excedente de rentabilidad del fondo de pensiones administrado, por una única Comisión sobre Balance o Saldo del fondo de pensiones administrado que arrancaba con 1.40% y terminaba, en el año 12, en 0.85%. La Ley finalmente aprobada por los legisladores y promulgada por el Poder Ejecutivo, redujo esa Comisión sobre Balance a 1.20% en el año 1 (2020), de manera tal que en el año 10 (2029), la Comisión única caerá a 0.75%. El 26 de agosto del 2019, en nuestro artículo publicado en El Caribe, recomendamos reducir la Comisión sobre Balance que establecía el Proyecto de Ley. La Ley 13-20 aprobada y promulgada, se aproxima al planteamiento que hicimos.

En los últimos 7 años, la comisión implícita sobre balance que percibieron las AFPs (ingresos totales percibidos por las dos comisiones como % del balance promedio del fondo de pensiones administrado), se movió entre 3.78% y 1.08%, arrojando un promedio de 2.09%. En el 2019, alcanzó 1.89%. Con el nuevo sistema de comisión única que establece la Ley 13-20, la comisión bajará de 1.89% en el 2019 a 1.20% en el 2020 y continuará descendiendo 0.05% cada año hasta llegar a 0.75% en el 2029.

Mientras en el 2019, los ingresos por comisiones percibidos por las AFPs ascendieron a RD$9,781 millones, en el 2020 estos ingresos caerán a RD$7,260 millones. Mientras bajo el sistema anterior, un trabajador que en el primer año devengue un salario mensual de RD$23,802, que cada 2 años reciba una aumento salarial promedio de 12%, y que obtenga una rentabilidad nominal de 10% anual en su fondo de pensiones, terminaba pagando a las AFPs un total de comisiones (CMA y CAC) de RD$742,105 durante los 30 años de cotización al sistema, bajo el nuevo sistema de comisiones, un trabajador con las mismas características, terminaría pagando RD$392,060 durante el período de 30 años de cotizaciones al sistema de pensiones.

¿Qué impacto tiene la reducción de los ingresos por comisiones sobre la tasa de reemplazo, es decir sobre el nivel de la pensión que recibiría un trabajador cuando alcance la edad de retiro? Si las AFPs terminan cobrando menos, no hay que dar muchas vueltas para deducir que más dinero quedará en la cuenta de capitalización del trabajador y mayor será la tasa de reemplazo.
En la reforma aprobada hay que agregar el efecto que tiene el aumento de 8.0% a 8.4% en el aporte que va directamente a la cuenta de capitalización individual, lo cual impacta favorablemente en la tasa de reemplazo. Bajo el sistema anterior (CMC de 0.5% sobre el salario cotizable más la CAC de 30% sobre el excedente promedio de rentabilidad de 50% de los fondos administrados por las AFPs en relación al interés de los certificados de depósito de la banca comercial), asumiendo un crecimiento bienal de 12% en los salarios nominales y una rentabilidad nominal sobre el fondo de pensiones administrado de 10%, la tasa de reemplazo sería de 44% para un trabajador que cotice ininterrumpidamente durante 30 años y tenga una esperanza de vida de 75 años. Con la promulgación de la Ley 13-20 que eleva la contribución a 8.4% y establece una única Comisión sobre el balance del fondo de pensiones administrado de 1.20% durante el primer año de la reforma hasta gradualmente alcanzar 0.75% en el 2029, asumiendo un crecimiento bienal de 12% en los salarios nominales y una rentabilidad nominal sobre el fondo de pensiones administrado de 10%, la tasa de reemplazo sube a 58%. Esta tasa de reemplazo es 14 puntos porcentuales más elevada que bajo el esquema histórico de cobro de dos comisiones. La reforma, como debe ser, ha desplazado hacia arriba la curva de tasas de reemplazo.

No hay dudas que la reforma aprobada es un paso en la dirección correcta. Lo anterior no quiere decir que sea suficiente. Una tasa de reemplazo de 58% resulta insuficiente para un trabajador que ha cotizado consecutivamente durante 30 años. Es cierto que durante el retiro el nivel de gasto promedio de una persona baja en relación al gasto mensual que realiza cuando trabaja. Pero 58% del salario promedio de sus últimos 12 meses no parece suficiente para que pueda sostenerse, más aún en un país de bajos salarios como República Dominicana. La próxima reforma al sistema de pensiones debe incorporar un aumento en la tasa de contribución hasta llevarla gradualmente a 14% y un aumento de 60 a 65 años en la edad de retiro. Chile ya anunció que elevará gradualmente la cotización de 10% a 16%.

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