Menores delincuentes

La Cámara de Diputados aprobó modificaciones al Código del Menor con el propósito de incrementar las sanciones a los menores…

La Cámara de Diputados aprobó modificaciones al Código del Menor con el propósito de incrementar las sanciones a los menores de edad que cometan actos delictivos, aumentando las condenas de prisión hasta 15 años.

El proyecto contempla penas de entre 4 y 10 años de prisión para los que tengan entre 13 y 15 años de edad y establece penas máximas de hasta 15 años de prisión para los menores entre 16 y 18 años.

La pieza también dispone la realización de prueba ósea para determinar las edades de aquellos imputados que se presenten como menores para obtener beneficios judiciales y entre otras cosas aumenta los plazos de investigación.
Esto constituye una respuesta a una petición popular, debido a la preocupación colectiva respecto a la rapidez con que salen de las cárceles menores que cometen delitos atroces. Y el tema adquiere repunte cada vez que un menor delinque evidenciando absoluta consciencia de lo que hace con premeditación y planificación, sin arrepentimiento alguno ni temor de ser encarcelado, probablemente por la certeza de que con la normativa vigente sólo hay posibilidad de pasar poco tiempo en prisión, para salir de allí aún con juventud y con un “Doctorado” en delincuencia, representando una amenaza todavía mayor para la sociedad. Sin embargo, a pesar de que esta modificación constituye una buena decisión, difícilmente logre los resultados deseados si no es acompañada de otras modificaciones de disposiciones que al día de hoy impiden una adecuada impartición de justicia, tales como la necesaria revisión de la parte del proceso penal que permite, bajo determinadas razones, una libertad condicional a la mitad del plazo de la pena, situación que se estableció como excepción pero que en la práctica constituye la regla en el sistema dominicano.

En nuestro país resulta muy fácil la reducción de la condena, es decir, que aunque a una persona la sentencien a 15 años de prisión, es común que sea liberada una vez cumplida la mitad de su sanción. De hecho, tan común es esto que los pocos que han cumplido condenas completas son recordados por la clase jurídica y por los mismos presos por sus nombres y apellidos.

Por tanto, si a un menor de 15 años lo condenan a 10 años por la comisión de un delito, probablemente a los 20 ya se encuentre libre y cometiendo peores fechorías.

Si no se hace una reforma integral que contemple aspectos como éste y otros más, será como ponerle una bandita a una herida de bala, que entretiene pero no la contiene y el desangramiento será inevitable.

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