Objetan defensora y ley sobre desarrollo

 Declarar nula la designación de la Defensora del Pueblo e inconstitucional el artículo 2 de la ley sobre Desarrollo Fronterizo fueron peticiones realizadas ayer a los jueces del Tribunal Constitucional. La Comisión Nacional de Derechos…

 Declarar nula la designación de la Defensora del Pueblo e inconstitucional el artículo 2 de la ley sobre Desarrollo Fronterizo fueron peticiones realizadas ayer a los jueces del Tribunal Constitucional.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos de República Dominicana, la Asociación de Mujeres por la Comunidad y compartes pidieron al alto tribunal declarar no conforme con la constitución las resoluciones con las que se designa a Zoila Martínez como Defensora del Pueblo,  por violar el debido proceso de ley y la igualdad establecida en la Constitución; también el artículo 163 del reglamento de la Cámara de Diputados.

Manuel María Mercedes, presidente de la comisión, dijo que uno de los requisitos para ocupar este cargo es no ser una persona políticamente activa. “Ella era parte del Comité Ejecutivo del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC)”, precisó. 

El Ministerio Público pidió que se declare inadmisible la acción por falta de legitimidad de los accionantes, mientras que la Cámara de Diputados solicitó que se rechace. El recurso se conoció sin el presidente del Tribunal, Milton Ray Guevara, quien se inhibió del proceso.

Con la acción también se busca que sea anulada la designación de suplentes y adjuntos.  

Sobre desarrollo
En tanto, la Asociación de Industrias de Bebidas Gaseosas busca que se declare la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 28-01 sobre Desarrollo Fronterizo.

La entidad entiende que este artículo da beneficios a determinadas empresas en detrimento de otras. “Nosotros planteamos que el Tribunal Constitucional analice si la aplicación de esta ley está generando una posición dominante en favor de ciertas empresas que va en detrimentos del resto”, dijo el abogado de la asociación, Andrés Astacio. 

Tras escuchar las conclusiones de las partes, ambos procesos quedaron en estado de fallo.

Ley sobre desarrollo es Constitucional

Eduardo Jorge Prats, representante de Everlast Doors Industries, solicitó que se declarara constitucional el artículo 2 de dicha ley y que, en todo caso, si dictaba una sentencia interpretativa, lo hiciese en el sentido de que toda limitación de las exenciones fiscales a las empresas fronterizas violaba la seguridad jurídica y otros principios constitucionales.

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