Agricultura dice no autorizó envío de semillas arroz a PR

El Departamento de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura aseguró ayer que no ha recibido ninguna solicitud ni ha expedido permiso para la exportación de semillas de arroz a Puerto Rico.

El Departamento de Sanidad Vegetal del Ministerio de Agricultura aseguró ayer que no ha recibido ninguna solicitud ni ha expedido permiso para la exportación de semillas de arroz a Puerto Rico. Dijo que por tales razones no ha existido exportación oficial de semillas de arroz desde la República Dominicana hacia la vecina isla y que por tanto, el país no ha sido notificado sobre la realización de análisis de riesgo de plagas a materiales de siembras por parte del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) y el Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal (APHIS).

La dependencia oficial hace la aclaración en virtud de que en los últimos días, despachos noticiosos de la prensa nacional e internacional han estado publicando informaciones acerca de una supuesta oposición por parte de las autoridades federales de los Estados Unidos a la entrada de semillas de arroz originarias de la República Dominicana, debido a la existencia de una supuesta plaga no identificada.

Sobre el DR-Cafta, las autoridades sanitarias dominicanas dijeron que el tratado de Libre Comercio con Centroamérica y Estados Unidos reafirma en el Artículo 6.1, del capítulo 6 sobre Medidas sanitarias y fitosanitarias, los derechos y obligaciones existentes en el acuerdo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Indicaron que dicho acuerdo establece que los países miembros tienen derecho a adoptar las medidas que consideren necesarias para la protección de la salud y la vida de las personas y los animales, y para preservar los vegetales, siempre que las mismas estén basadas en principios científicos.

El pacto establece que los miembros se asegurarán de que sus medidas sanitarias no discriminen de manera arbitraria entre miembros que tengan condiciones idénticas o similares.

Agregaron que en ese contexto, el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos, y el Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal, tomaron varias medidas fitosanitarias contenidas en el Título 7, parte 319.55 subpárrafo (b) del Código Federal de Regulaciones de los EE.UU. Indicaron que las mismas establecen que “para prevenir la introducción en los EE.UU de las plagas y enfermedades de plantas, el secretario ha determinado necesario prohibir la importación a esa nación  de semillas y arroz con cáscara desde todas las localidades extranjeras excepto México.

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