Poderes coinciden en el concepto de la nacionalidad de RD

La ambigüedad que dominó por décadas el conflictivo tema de la nacionalidad en la República Dominicana quedó despejada con la sentencia 168 que emitió el pasado 23 de septiembre el Tribunal Constitucional sobre los criterios para la nacionalidad&#82

La ambigüedad que dominó por décadas el conflictivo tema de la nacionalidad en la República Dominicana quedó despejada con la sentencia 168 que emitió el pasado 23 de septiembre el Tribunal Constitucional sobre los criterios para la nacionalidad dominicana. La legitimidad del fallo ha sido reconocida por el Poder Ejecutivo, tanto en palabras del presidente Danilo Medina como del consultor jurídico, César Pina Toribio. Asimismo, por el Poder Legislativo, con el presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, quien ha advertido que la sentencia del Constitucional es vinculante a todos los poderes públicos. Igualmente, órganos independientes del Estado como la Junta Central Electoral (JCE), cuyo presidente, Roberto Rosario, ha afirmado que acatará el mandato de la sentencia.

El presidente Medina reconoció que la sentencia del Constitucional está apegada a la Constitución. “La sentencia del Tribunal Constitucional está apegada a la Constitución de la República presente, lo que yo no sé es si también tiene prerrogativas para el pasado, o sea, para que sus decisiones tengan efectos retroactivos”, subrayó Medina. César Pina Toribio fue aún más contundente sobre el fallo. “Es absolutamente legítimo y el deber de los dominicanos es acatar esa decisión”, dijo. Pina Toribio también advirtió que una posible ley de amnistía chocaría con la sentencia del Constitucional.

El presidente del Senado, Reinaldo Pared Pérez, expresó que concuerda con las declaraciones de Pina Toribio dado que la sentencia del Tribunal Constitucional es vinculante a todos los poderes del Estado. “Toda la razón tiene el doctor Pina cuando afirma que la sentencia del Tribunal Constitucional se impone a todos los poderes. El artículo 184 de la Constitución proclama que las decisiones del Tribunal Constitucional son precedentes vinculantes a todos los poderes”, escribió pared Pérez en su cuenta de Twitter @ReinaldoPared.

El presidente de la JCE, Roberto Rosario, ha manifestado que la sentencia del Constitucional lejos de perjudicar a las personas extranjeras que viven irregularmente en el país, lo que hace es crear los mecanismos para que regularicen su estatus. “La sentencia no está negando derechos, la sentencia está encausando a todo el que quiera la nacionalidad”, ha dicho Rosario. En esa misma tesitura se ha expresado la Fundación Justicia y Transparencia (FJT).

Voces disidentes

Aunque los poderes públicos, a través de sus representantes, han manifestado la necesidad de acatar el fallo, organismos nacionales e internacionales han expresado que la decisión desnacionaliza a un número indeterminado de extranjeros, especialmente los de ascendencia haitiana. La organización de Naciones Unidas (ONU) figura entre las entidades que ha advertido que el fallo afecta a dominicanos de ascendencia haitiana y que estudia la consonancia de la sentencia con los acuerdos internacionales que ha firmado el país.

Igualmente, los abogados expertos en derecho constitucional Eduardo Jorge Prats, Olivo Rodríguez Huerta, Cristóbal Rodríguez y Nassef Perdomo, han criticado la sentencia al considerar que a las personas que nacieron en suelo dominicano antes del 2010 le corresponde la nacionalidad dominicana sin importar el estatuto migratorio de sus padres. Igualmente, coinciden en que los jueces hicieron una interpretación errónea del concepto tránsito y que además han aplicado de manera retroactiva la ley. El Colegio Dominicano de Abogados también figura entre los que han rechazado la controvertida sentencia al considerar que los nacidos en territorio dominicano antes del 26 de agosto del 210 les corresponde la nacionalidad dominicana.

El Centro Bonó encabeza las organizaciones que trabajan en el país por los derechos de las personas de ascendencia haitiana que reclaman una salida a lo que han denominado “genocidio civil”.  Las primeras voces disidentes con relación al fallo surgieron en el seno del Constitucional en las personas de las magistradas Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jiménez, que emitieron votos disidentes al considerar que la mayoría de sus compañeros de corte hicieron una interpretación errónea de la Constitución del 1966, bajo la cual fue evaluada la situación de Juliana Deguis, que no le corresponde la nacionalidad dominicana aunque nació en el país por ser hija de ilegales.

JCE trabaja para aplicar mandatos del fallo

La comisión de oficialías de la JCE está examinado la sentencia 168 para hacer las recomendaciones de lugar para aplicar los mandatos del fallo que incluye una auditoría al registro civil desde el 21 de junio del 1929 hasta el 23 de septiembre del 2013 en un plazo máximo de dos años. El levantamiento incluye una lista de todos los extranjeros inscritos “Lista de extranjeros irregularmente inscritos en el Registro Civil de la República Dominicana”.

2 años
Periodo. El tiempo máximo que la JCE debe tomarse para auditar el registro civil en los últimos 84 años, es de dos años.

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