La CIDH condena a RD y le ordena anular sentencia

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la emprendió nuevamente contra República Dominicana y la declaró culpable de supuestas violaciones de extranjeros y dominicanos de ascendencia haitiana que habrían sido deportados hacia Haití…

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) la emprendió nuevamente contra República Dominicana y la declaró culpable de supuestas violaciones de extranjeros y dominicanos de ascendencia haitiana que habrían sido deportados hacia Haití sin garantizar sus derechos.

Aunque los casos que cita la CIDH ocurrieron entre los años 1999-2000, de supuestas violaciones de los derechos de ciudadanos haitianos y dominicanos, el tribunal regional, prácticamente pidió la anulación de la sentencia del Tribunal Constitucional y la ley 169-14 sobre Naturalización, que fueron emitidas en los años 2013 y 2014, respectivamente, así como la violación a la propia Constitución de la República en lo que respecta al establecimiento de las condiciones para adquirir la nacionalidad dominicana.

En el punto VII de su sentencia, dispone que la autoridades dominicanas “adopten las medidas necesarias para dejar sin efecto toda norma de cualquier naturaleza, sea esta constitucional, legal, reglamentaria, administrativa, o de cualquier práctica, o de decisión, o interpretación, que establezca o tenga por efecto que la estancia irregular de los padres de extranjeros motive la negación de la nacionalidad dominicana a las niñas, y niños nacidos en el territorio de República Dominicana”.

También ordena al país “adoptar las medidas necesarias para que las víctimas dominicanas, según el caso, sean debidamente registradas y cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana”. Agrega que en el caso de las personas que son investigadas las autoridades dominicanas deben “dejar sin efectos las investigaciones administrativas, así como a los procesos judiciales civiles y penales en curso vinculados a su registro y documentación”.

De igual forma, y aunque los casos que alude son del 1999 y el año 2000, la CIDH dispone “adoptar las medidas de derecho interno necesarias para evitar que la sentencia del Tribunal Constitucional TC/0168-13, del 23 de septiembre del 2013 y lo dispuesto por los artículos 6, 8 y 11 de la ley 169-14, emitida el 23 de mayo del 2014, continúen produciendo efectos jurídicos”. Eso significa, que habría que dejar sin efecto tanto la sentencia 168-13 como la ley 169-14.

Mientras que en el punto VIII ordena “adoptar las medidas legislativas, inclusive, si fuera necesario, constitucionales, administrativas y de cualquier otra índole que sean necesarias para regular un procedimiento de inscripción de nacimiento que debe ser accesible y sencillo, de modo de asegurar que todas las personas nacidas en su territorio puedan ser inscritas inmediatamente después de su nacimiento, independientemente de su ascendencia u origen y de la situación migratoria de sus padres”.

Pero también manda al Estado a “pagar las cantidades fijadas por daño material e inmaterial, reintegro de costa y gastos”.

Finalmente, la CIDH advirtió que “supervisará el cumplimiento íntegro de la sentencia y dará por concluido el caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en la misma”.

En el fallo, los jueces también aseguran que los documentos de identidad oficiales de algunas de las personas vinculadas fueron destruidos o desconocidos por las autoridades estatales al momento de la expulsión, mientras que otras de las personas no tenían documentos.

El Gobierno se muestra cauteloso

El vocero de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, dijo anoche que la sentencia de la CIDH será estudiada con prudencia antes de fijar una posición oficial.

Informó que la sentencia, de 160 páginas será analizadas “con mucha serenidad, con mucha prudencia porque implica a otros poderes del Estado”.
“Los técnicos del Gobierno fijarán una posición oficial que a más tardar el viernes al mediodía se dará a conocer”, dijo Marchena en la sala de prensa del Palacio Nacional.

Los casos de referencia tomados por la CIDH para emitir su sentencia

Para emitir su fallo, en sentido específico, la CIDH tomó como referencia los  casos de 27 personas, 22 de las cuales, supuestamente son dominicanas y cinco haitianos, entre los que había niños que vivían en territorio dominicano.

Sobre esos casos, declaró culpable a República Dominicana por “violaciones a los derechos de identidad, igualdad ante la ley, libertad personal, garantías judiciales, protección judicial, a la familia, a la dignidad, así como una infracción a la prohibición de expulsión colectiva de extranjeros”.

Destaca los casos de la familia Medina integrada por Willian Medina y Lilia Jean Pierre, y sus hijos Awilda Medina Pérez, Luis Ney Medina y Carolina Isabel Medina (fallecida).

También la familia Fils-Aimé integrada por Jeanty Fils-Aimé (fallecido) y Janise Midi, y sus hijos Antonio Fils-Aimé, Diane Fils-Aimé y Endry Fils-Aimé; familia Gelin compuesta por Bersson Gelin y su hijo William Gelin; familia Sensión integrada por Antonio Sensión y Ana Virginia Nolasco, y sus hijas Ana Lidia Sensión Nolasco y Reyita Antonia Sensión Nolasco.

 Además, la familia Jean cuyos miembros son Víctor Jean y Marlene Mesidor, y sus hijos Markenson Jean Mesidor, Miguel Jean, Victoria Jean (fallecida) y Natalie Jean; y Rafaelito Pérez Charles.

“La Corte determinó la existencia, al menos durante un período cercano a una década a partir de 1990, de un patrón sistemático de expulsiones, inclusive mediante actos colectivos, de haitianos y personas de ascendencia haitiana, que obedece a una concepción discriminatoria”.

Pared Pérez rechaza informe CIDH

El senador y secretario general del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Reinaldo Pared Pérez, rechazó el informe de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y expresó que el país tiene el derecho de repatriar a toda persona que se encuentre de manera ilegal en territorio dominicano sea de la nacionalidad que fuera.

En ese sentido, manifestó que se cansen de seguir condenando a la República Dominicana, pero que el país tiene todo el derecho de repatriar a todo aquellos que se encuentren de manera ilegal, “ese es un derecho que le asiste a la nación dominicana y que nunca se debe renunciar”, sentenció Pared Pérez.

El legislador por el Distrito Nacional expresó que todo extranjero ilegal que se encuentre, no solamente en la República Dominicana, sino en cualquier otro país, “las autoridades de esa nación llámese como se llame tienen derecho a tomar las medidas pertinentes cuando se trate de ciudadanos que se encuentren ilegal”.

Rechazo categóricamente la decisión de la CIDH la cual calificó de aberrante y señaló que los veredictos de ese tribunal siempre son prejuiciadas y atentan contra la soberanía dominicana.

También negó que en el país se cometan violaciones de derechos contra dominicanos hijos de extranjeros en situaciones migratorias irregulares. Señaló que el país no irrespeta a la Convención Americana con la aplicación de la Sentencia 168-13 y de la Ley 169-14 sobre naturalización.

Vinicito dice sentencia es insultante

El diputado de la Fuerza Nacional Progresista (FNP) Vinicio Castillo Semán considera que el fallo de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos es un insultante desconocimiento a la Constitución de la República, a la autoridad suprema del Tribunal Constitucional, del Congreso de la República y a su soberanía.

“La CIDH pretende dar un golpe de estado a los poderes públicos de República Dominicana al desconocer la autoridad suprema del Tribunal Constitucional y su fallo 168-13; la autoridad del Presidente y el Congreso Nacional como responsables de la Ley 169-14.  Es, sin dudas, un hecho grave e insultante.  Acatarlo sería admitir que pasaremos a ser una colonia”, expresó Vinicio Castillo Semán.

“Plantear al Estado que debe dejar sin efecto el fallo 168-13, su Constitución en cuanto a la nacionalidad y la Ley 169-14, en procura de darle nacionalidad dominicana a los haitianos que dicen haber nacido aquí, equivale a decretar la fusión de República Dominicana con Haití”, expresó Castillo.

“El gobierno haitiano ha estado detrás de este fallo de CIDH, mientras han entretenido con un supuesto diálogo binacional al presidente Danilo Medina.  Es una verdadera trama de grandes proporciones contra nuestro país, que amerita una gran unidad nacional del pueblo dominicano para rechazar tal maquinación”, dijo el diputado Castillo Semán.

“La Corte Interamericana no tiene competencia frente a la República Dominicana porque el Congreso de la República nunca aprobó la carta de aceptación enviada por el Embajador Flavio Darío Espinal, a nombre del gobierno dominicano. Eso está pendiente de fallo en el TC desde hace años”, culminó Castillo Semán.

La sentencia de la CIDH fue emitida en momentos que el país se encuentra inmerso en un Plan Nacional de Regularización de Extranjeros.  Dicho plan es ejecutado por el Ministerio de Interior y Policía (MIP) para lo cual ha habilitado 24 oficinas de regulación en las principales provincias y municipios del país. Hasta el día de ayer las autoridades del MIP habían recibido más de 84,400 solicitudes de regulación.

Imposiciones de la decisión con plazo

En la sentencia, los jueces ordenaron a República Dominicana adoptar las medidas necesarias en un plazo de seis meses, para que Willian Medina, Awilda Medina y Luis Ney Medina cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicana. El Estado también deberá realizar los trámites para que Víctor Jean, Miguel Jean, Victoria Jean y Natalie Jean sean debidamente registrados y cuenten con la documentación necesaria para acreditar su identidad y nacionalidad dominicanas.

Además, debe garantizar que Marlene Mesidor pueda residir o permanecer en forma regular en el territorio de República Dominicana.

La sentencia obliga a República Dominicana a capacitar a sus funcionarios para que no realicen deportaciones colectivas de forma arbitraria y para que “los perfiles raciales no constituyan, de ningún modo, el motivo para realizar una detención o expulsión”.

El tribunal estuvo presidido por Humberto Antonio Sierra Porto, de Colombia; el brasileño Roberto F. Caldas, vicepresidente; Manuel E. Ventura Robles, Eduardo Vio Grossi, y Eduardo Ferrer Mac-Gregor Poisot, de Costa Rica, Chile y México.

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