La decisión de un juez

La sociedad quedó conmocionada cuando se develó que jueces de la República y un superior que precisamente está para asegurarse de que actúen de acuerdo con la ley, supuestamente se habrían confabulado con delincuentes para favorecerlos.

La sociedad quedó conmocionada cuando se develó que jueces de la República y un superior que precisamente está para asegurarse de que actúen de acuerdo con la ley, supuestamente se habrían confabulado con delincuentes para favorecerlos.Esas revelaciones fueron suficientes para crear una atmósfera sumamente negativa para el Poder Judicial, que quedó en vilo, después de todo un período de cuestionamientos por procesos sobre supuesta corrupción.

El comportamiento de esos magistrados puso a riesgo el sistema de administración judicial. Se hacía obligatoria la adopción de medidas indicadoras de que la justicia ni la sociedad habían sucumbido.

Por eso, cuando dos inculpados fueron enviados a prisión por decisión correctamente motivada por un juez, la sociedad empezó a sentir la sensación de resarcimiento.

Eso no significa que se deban adoptar medidas arbitrarias, alejadas de la causa cierta, para satisfacer reclamos, pero debe imperar el dogma de que el delito conlleva la sanción condigna.

Por ello no ha caído bien que un magistrado, amparado en la discrecionalidad que le otorga la ley, haya adoptado medidas que parecieran revertir el paso de avance alcanzado.

Es verdad que el artículo 222 del Código Procesal Penal establece que toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad personal, y que las medidas de coerción tienen carácter excepcional y sólo pueden ser por el tiempo absolutamente indispensable para asegurar la presencia del imputado en el procedimiento.

No parece, sin embargo, que las circunstancias que indujeron a imponer prisión preventiva contra aquellos que están señalados por graves delitos en el desempeño de sus funciones hayan cambiado para ser favorecidos con prisión domiciliaria.

No se pretende que predomine el castigo como venganza social. Pero por decisiones no bien fundadas, no se puede estimular la percepción de que la sociedad está siendo burlada.

Tiene razón el magistrado Francisco Domínguez Brito al considerar que el juez Antonio Sánchez Mejía no tuvo “razón justificada alguna” para conceder arresto domiciliario a Awilda Reyes y a Francisco Arias.

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