Disciplina escolar

La violencia se expresa en todas partes, en el hogar, en la escuela. Ya hemos visto hasta saldo trágico. Se observa una reproducción de las conductas de los jóvenes del vecindario en los centros donde acuden pretendidamente a formarse.

La violencia se expresa en todas partes, en el hogar, en la escuela. Ya hemos visto hasta saldo trágico. Se observa una reproducción de las conductas de los jóvenes del vecindario en los centros donde acuden pretendidamente a formarse.Preocupante para todos. Para los padres que con amor mandan sus hijos a las aulas, donde pueden ser victimizados o abusados. También para los educadores, que ya no ocultan su amedrentamiento por los grados de agresividad entre algunos estudiantes. La Asociación de Instituciones Educativas Privadas se ha visto compelida a expresar su alarma.

Y es que ante los crecientes problemas que manejan con los muchachos, los profesores se sienten maniatados para adoptar decisiones que les permitan liberarse de algunos matriculados que quizás serían mejor orientados en un centro de formación especializado.

Y no dudan en denunciar las Normas del Sistema Educativo Dominicano para la Convivencia Armónica en los centros Educativos Públicos y Privados. En particular, se refieren al art. 24) que prohíbe la sanción con expulsión o “el acoso para su retiro” del centro educativo durante el año escolar, sin importar el caso en que esté envuelto.

Una lectura del artículo 48 de la ley 36-03 que ordena instituir el estatuto de disciplina escolar, no parece prohibir en “ningún caso” la expulsión o retiro de un muchacho malcriado.

El acápite h) de ese artículo lo que señala es que “el retiro o la expulsión del niño, niña o adolescente del centro educativo sólo se impondrá por las causas expresamente establecidas en el reglamento disciplinario, siguiendo el procedimiento administrativo aplicable y asegurando un proceso eminentemente educativo, orientado a fomentar la responsabilidad ciudadana, sin desmedro de los derechos del sujeto y de las disposiciones del presente Código”.

Es decir, el Código del Menor no manda a prohibir la expulsión. El Reglamento debía ser cónsono con el sentido de la ley.

Ninguna norma puede obligar a un centro educativo a permanecer con un joven que haya entrado en conflicto con la ley.

Es una pena que unas normas tan discutidas, tan analizadas por toda clase de instituciones y agentes especializados, nacionales e internacionales, haya instituido un instrumento que tiende a debilitar el principio de autoridad en las escuelas.

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