Presidente TC dice que fallos deben cumplirse

El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, dijo que corresponde a las autoridades públicas, poderes y órganos del Estado, la principal responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los fallos constitucionales.

El presidente del Tribunal Constitucional, Milton Ray Guevara, dijo que corresponde a las autoridades públicas, poderes y órganos del Estado, la principal responsabilidad de garantizar el cumplimiento de los fallos constitucionales.Así lo indicó, en el contexto del XXII Encuentro Anual de Presidentes y Magistrados de Tribunales, Cortes y Salas Constitucionales de América Latina, que se realizó en México.

Ray Guevara señaló que ni la supremacía de la Constitución, ni la defensa del orden constitucional, ni los derechos fundamentales de los ciudadanos reconocidos o declarados en una sentencia, serían efectivos si la administración no se somete a la Constitución y a la ley.

Manifestó que las sentencias constituyen el acto más importante del TC y que se le ha otorgado una triple dimensión: son actos procesales, son tareas encaminadas a la interpretación creadora del derecho y tienen dimensión política respondiendo a los principios de congruencia, motivación, decisión colegial y eficacia”.

El presidente de la alta corte indicó que sin dudas, el pleno cumplimiento de las sentencias del Tribunal Constitucional es garantía de seguridad jurídica y de tutela judicial efectiva.

Destacó el establecimiento del TC en la Constitución dominicana de 2010, como órgano especializado de justicia constitucional, para garantizar la supremacía de la Carta Magna, la defensa del orden constitucional y la protección de los derechos fundamentales, conforme a su Artículo 184.

El magistrado añadió que el TC es un órgano constitucional autónomo e independiente, situado en el vértice de la organización política del Estado, en posición de paridad con el resto de los poderes y órganos primarios y que es el supremo intérprete de la Constitución, entendido como la norma suprema del ordenamiento jurídico a la cual deben acomodar sus actuaciones los gobernantes y gobernados.

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