Al fin, la ley de armas

No hay que suponer, porque es la realidad, que la mayoría de los crímenes y delitos se cometen con armas de fuego ilegales.

No hay que suponer, porque es la realidad, que la mayoría de los crímenes y delitos se cometen con armas de fuego ilegales. Hasta la aprobación el lunes de la nueva ley de amas, quienes eran sorprendidos con armas de fuego ilegales solían ser despachados por los jueces con medidas tan suaves como “presentación periódica” o fianza, porque la antigua ley 36 no tiene un régimen sancionador específico y fuerte.

Con la decisión adoptada por el Congreso y que deberá ser enviada a la mayor brevedad al Poder Ejecutivo, para su inmediata promulgación, hay que esperar que el porte y uso de armas de fuego disminuya en el país. Debe ser así si observamos el régimen de sanción que impone la nueva ley. Constituye un disuasivo fundamental para la prevención del delito.

El artículo 66 de la nueva ley establece que la posesión ilegal de armas de fuego conlleva prisión de 3 a 5 años, multas de hasta 50 salarios mínimos y la confiscación del arma. La ley establece que cualquier persona que le quite la vida a otra para cometer un robo con arma de fuego ilegal, será sancionada con penas que van de 30 a 40 años de prisión. Si en un robo con arma ilegal se provocan heridas que causen lesiones permanentes, la sanción será de 20 a 30 años, y si las heridas no causan lesiones permanentes las penas oscilarán entre 15 y 20 años de prisión. De igual modo, se penaliza el secuestro con arma ilegal, con prisión de 30 a 40 años.

Con este nuevo instrumento, las fuerzas represivas podrán obtener mejores resultados contra el crimen. Y los jueces tendrán a su alcance una ley que le da más sentido a una palabra que se llama drasticidad. Si se atienen a la ley, tendrán que actuar con la dureza que reclaman las circunstancias.

Sólo tienen que aplicar la nueva normativa.

Era tiempo.

Posted in Sin categoría

Más de

Más leídas de

Las Más leídas