Fundación Prensa y Derecho aboga por cumplimiento de fallo ordena revisar contratos de adhesión

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El presidente de la Fundación Prensa y Derecho, Namphi Rodríguez, se quejó este miércoles de que las autoridades vinculadas al sector telecomunicaciones no hayan cumplido la sentencia del Tribunal Superior Administrativo que ordenó a las empresas telefónicas cumplir con el plazo de 30 días para revisar las “cláusulas abusivas de lo contratos de adhesión con los clientes” .

Dijo que el 22 de noviembre del 2013 la Segunda Sala del referido tribunal notificó al al Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel) sobre el cumplimiento de la misma.

“La sentencia fue dictada el 22 de noviembre del 2013 y la notificación del TSA  al Indotel se produjo la pasada semana por el alguacil de estrado Dolio A. Javier Minaya,  a fin de que el órgano regulador de las telecomunicaciones cumpla con el mandato de revisar las cláusulas contractuales lesivas a los intereses de los usuarios”, adujo en una nota de prensa.

 “Ha habido una ostensible inercia de las autoridades para hacer cumplir esa sentencia y terminar con la práctica de cláusulas abusivas como la que sujeta a los clientes a 18 meses de permanencia o al pago de onerosas penalidades”, adujo en una nota de prensa.

Agregó que “ha faltado voluntad política para defender los derechos de los usuarios de las telecomunicaciones y pese a la sentencia, subsiste un gran número de contratos que desconocen derechos de los usuarios”.

La sentencia fue firmada por los jueces Rafael Ciprián, presidente en funciones, Mildred Grullón y Evelin Torres, miembros, quienes dictaron su disposición en noviembre del 2013, pese a lo cual Indotel no ha cumplido con la revisión de los contratos y su posterior remisión a Proconsumidor para registro.

En su dispositivo séptimo, los magistrados condenaron al Indotel al pago de una astreinte de mil pesos diarios por cada día de retardo en el cumplimiento de la sentencia.

A raíz de la sentencia, Indote suscribió un acuerdo con Proconsumidor para la revisión de los contratos de las telefónicas, sin embargo, dicha labor no ha cumplido con el mandato de la sentencia, puesto que aún susciten las cláusulas abusivas en los contratos.

La Ley 358-05, de Protección a los Derechos de los Consumidores y Usuarios, ordena que los contratos de prestación de servicios de las empresas telefónicas se deben registrar en Proconsumidor, para que este órgano realice la revisión de los mismos conjuntamente con Indotel. 

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