Puntos pendientes en acuerdo firmado por Miguel y Leonel

De los siete aspectos acordados por el presidente Leonel Fernández y Miguel Vargas durante el proceso de reforma constitucional, quedan todavía dos sin concretar.

De los siete aspectos acordados por el presidente Leonel Fernández y Miguel Vargas durante el proceso de reforma constitucional, quedan todavía dos sin concretar.En mayo del 2009, Miguel y Leonel acordaron establecer en el texto constitucional, modificar el régimen para obtener la nacionalidad dominicana, eliminar la reelección consecutiva, congelar el número de diputados, contemplar la elección de los diputados nacionales y los del exterior, unificar las elecciones para que los legisladores escogidos en el 2010 permanezcan hasta el 2016, y consagrar la reforma de la Policía y las Fuerzas Armadas.

De estos aspectos se han cumplido los referentes a la eliminación de la reelección presidencial consecutiva y la unificación de las elecciones congresuales y municipales con las presidenciales, que aunque es para el 2016 es una disposición con categoría constitucional y deberá cumplirse como está contemplado.

Igualmente, se fijó en 178 el número de diputados por elección popular, se escogieron los cinco diputados nacionales por acumulación de votos y el tercer domingo de mayo de este año, junto con el nuevo presidente de la República, serán electos los siete diputados de ultramar.

Quedan pendientes aplicar en la práctica nuevos criterios para conseguir la ciudadanía dominicana y la reforma policial y las Fuerzas Armadas, que descansan en la agenda del Congreso Nacional.

El acuerdo Miguel-Leonel contemplaba la combinación del jus solis y el jus sanguinis, como finalmente quedó establecido en la Carta Magna. Esto último sugiere que para ser dominicano ya no basta con haber nacido en territorio nacional, sin tomar en cuenta el estatus legal o procedencia de sus progenitores (jus solis), como establecía la vieja Constitución, sino que ahora se atenderá el origen o nacionalidad que tengan sus padres (jus sanguinis).

El artículo 18 de la Constitución dispone que son dominicanas y dominicanos “las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen de tránsito o residan ilegalmente en territorio dominicano”.

Más adelante, puntualiza que son dominicanos “los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres.

Una vez alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su voluntad, ante la autoridad competente, de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de ellas”.

Dos razones distintas primaron en negociación

Aunque acordaron siete puntos, para Miguel lo más importante era establecer la no reelección presidencial consecutiva y para Leonel lograr que el PRD le allanara el camino para pasar su proyecto de modificación constitucional sin mayores inconvenientes. “Este acuerdo también contribuye al desarrollo de nuevos liderazgos en los partidos políticos y en la actividad política en República Dominicana”, dijo Miguel Vargas, tras la firma del pacto.

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