Estos billetes se emiten en virtud de las disposiciones contenidas en los Artículos 228, 229 y 230 de la Constitución de la República Dominicana y del Artículo 25, literales a) y c) de la Ley Monetaria y
Financiera No. 183-02.
El Banco Central exhorta a la ciudadanía a que, ante cualquier duda con estos u otros billetes o monedas, consulte las informaciones disponibles en su página web.

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