El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió una circular, mediante la cual establece los lineamientos a seguir para aplicar suspensión en funciones o licencias especiales para candidatos a ocupar cargos de elección popular, que sean funcionarios o servidores públicos.

El documento indica: “Todo funcionario o empleado público del Gobierno central, de los organismos desconcentrados y autónomos del Estado, así como de los Ayuntamientos y Juntas de Distrito Municipales, cuya postulación a cargo electivo haya sido aceptada por la Junta Central Electoral (JCE) y las Juntas Electorales correspondientes, quedará suspendido en sus funciones o le será otorgada una licencia especial, sin disfrute de sueldo, desde el día de la aceptación de dicha candidatura, hasta el día siguiente de las elecciones correspondientes”.

En tal sentido, los candidatos a cargos municipales de alcaldes, vicealcaldes, regidores, directores de juntas de distritos municipales, suplentes y vocales, que sean funcionarios o servidores públicos, serán excluidos de las nóminas de diciembre 2023, enero y febrero de 2024, en vista de los plazos que establece la Ley núm. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral, para la presentación de las candidaturas y la declaratoria de Admisión o No Admisión.

Por igual, los candidatos a las senadurías y diputaciones, cuyas propuestas de candidaturas deberán ser presentadas a la JCE, a más tardar 15 días después de las elecciones municipales.

Para la aplicación de estas disposiciones, en el caso de servidores que ocupan cargos administrativos en las instituciones públicas, los ministros titulares de los sectores correspondientes deberán solicitar al MAP, la aprobación y otorgamiento de las licencias especiales, según establece el Decreto núm. 370-23, “tanto para los candidatos que laboren en las sedes de dichos ministerios, como los que correspondan a los entes adscritos a los mismos”, puntualiza el ministro Castillo Lugo, mediante la circular.

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