Poder Judicial dice que la decisión es legal; juez ponderó la calificación de los hechos y actitud del empresario
La jueza de Atención Permanente del Distrito Nacional, Fátima Veloz, no solo ponderó los arraigos de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat para no dictar prisión preventiva o domiciliaria en el caso Jet Set, también, el hecho de que la posibilidad de una pena a imponer por el tipo penal de homicidio involuntario es de dos años máximo de prisión, así como la conducta de colaboración con la investigación del principal imputado.
En una nota de prensa del Poder Judicial se destaca que el dictamen de la jueza se sustentada en la normativa procesal vigente, y el principio de legalidad penal al tiempo que lamentó que la normativa penal vigente sea de hace más de cien años.
El caso se declaró complejo y entendió que no procedía imponer la prisión preventiva de 18 meses, ni domiciliaria, como solicitó el Ministerio Público.
“Entiende esta juzgadora destacar como un aspecto relevante en este proceso, que el Código Penal Dominicano, promulgado originalmente en el siglo XIX y basado en el modelo napoleónico de 1810, ha permanecido sustancialmente inalterado durante más de 140 años, salvo reformas parciales y puntuales.
Esta longevidad normativa ha generado una desconexión estructural entre el texto legal y la realidad social, económica y tecnológica contemporánea, lo que limita gravemente su capacidad de respuesta frente a fenómenos delictivos complejos y modernos”, dijo la juez al momento de emitir su fallo.
Luego de firmar el acuerdo con la compañía aseguradora para los 50 millones de pesos en fianza y proceder a dar cumplimiento con la presentación periódica ante el Ministerio Pública e impedimento de salida del país, los hermanos fueron dejados en libertad la tarde de ayer viernes. Una semana después de su arresto por parte del órgano investigador.
Maribel, a quien desde que fue arrestada se le vio con imposibilidades para caminar hacia el salón de audiencias, ayer, “bajó más rápido que una bala”, las escalera del mismo palacio de justicia.
Respecto a ella, la fiscalía atribuyó ejercer coacción directa del querellante y exempleado Gregorio Adames, pero el tribunal consideró que del análisis del contenido de la conversación aportada no se desprende esa acción ni alteración de evidencia material o destrucción de documentos, “sino una interacción ambigua, que, si bien puede ser éticamente reprochable, no alcanza el umbral de una afectación sustancial al proceso probatorio”.
Qué dice la familia Espaillat
La jueza retuvo la calificación jurídica provisional planteada por el Ministerio Público de homicidio involuntario, conforme al artículo 319 del Código Penal dominicano, al considerar que los hechos descritos se enmarcan dentro de una conducta culposa, caracterizada por la inobservancia de deberes objetivos de cuidado, sin que se haya demostrado la existencia de dolo directo, eventual o alternativo.
En su resolución, la magistrada Veloz explica que con la imposición de una medida de coerción se busca garantizar la sujeción del imputado al proceso penal y que la misma debe ser razonable, proporcional y coherente con la finalidad instrumental de la coerción, que no es la de imponer penas, sino una medida cautelar.
Asimismo, explicó que la valoración se realiza sin prejuzgar sobre la culpabilidad de los imputados, y únicamente con el propósito de determinar la procedencia de una medida de coerción, en el marco de las garantías del debido proceso.
La familia Espaillat manifestó en un comunicado que desde el trágico suceso ocurrido el 8 de abril en el establecimiento conocido como Jet Set, se mantuvieron en silencio. “No por indiferencia, sino por profundo respeto al dolor de las víctimas y por prudencia frente a un proceso judicial en curso”.
Negaron que incurrieran en amedrentamiento del testigo y querellante, Adames, refiriendo que él recibió el trato “afable” de siempre y que éste procuró sostener contacto constante con ellos.
Afirmó, además, el señor Espaillat ha dado respuesta oportuna y efectiva a todas las solicitudes documentales formuladas por el Ministerio Público, demostrando una actitud de apertura, colaboración y transparencia luego de la tragedia en la discoteca.
Reveló que arribaron a acuerdos compensación económica y apoyo humano, legalizados ante notario, con familiares de fallecidos, personas lesionadas y músicos afectados.
Aseguró que fueron ellos los que pidieron a los fiscales secuestrar el local donde ocurrió el hecho.
“A las familias que sufren, reiteramos nuestro respeto y apoyo incondicional. A las autoridades, reafirmamos nuestra disposición plena a cooperar. Y a la sociedad dominicana, le pedimos justicia basada en los hechos, no en narrativas”, dijo en un comunicado.
Burla a las víctimas: apelarán medida
El director de persecución del Ministerio Público, Wilson Camacho, calificó la decisión como una burla a las víctimas y anunció que a apelarán.
“Creemos que el tribunal no valoró correctamente la magnitud del daño que han traído para la sociedad dominicana los hechos; pero, sobre todo, el daño que significa para 235 personas que murieron, más de 180 personas que resultaron heridas y más de 130 niños que quedaron huérfanos como consecuencia de esta conducta y como consecuencia del comportamiento de Antonio y Maribel Espaillat que pusieron sobre el interés de las personas que ahí estaban, las que acudían normalmente a esa discoteca, su interés económico”, manifestó al salir de la audiencia.
Explicó que todos en el salón de audiencia ponderaron la calidad de la investigación donde se determinó que los propietarios de Jet Set sobrecargaron la estructura del techo de la discoteca mediante la instalación de climatización de gran volumen.