MP afirma con fotocopias no se puede entregar avión vinculado a caso Félix Bautista

En audiencia de resolución de peticiones, convocada para este día 4 de marzo, la empresa Sparkles Management solicitó al juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de  Justicia, Alejandro Moscoso, la entrega de un avión, que supuestamente&

En audiencia de resolución de peticiones, convocada para este día 4 de marzo, la empresa Sparkles Management solicitó al juez de la instrucción especial de la Suprema Corte de  Justicia, Alejandro Moscoso, la entrega de un avión, que supuestamente había adquirido de la empresa Secure AirPort, propiedad del señor Carlos Ozoria, vinculado al caso del senador Félix Bautista.

La aeronave forma parte de los bienes que figuran en el expediente donde ambos son acusados de corrupción y lavado de activos, entre otros delitos.

El avión se encuentra en la solicitud que hizo la Procuraduría General de la República de medidas cautelares de fecha 27 del mes de octubre del pasado año 2014, y hasta el momento el Tribunal no se ha referido sobre esta.

El Ministerio Público explicó en un comunicado que la audiencia referida fue fijada única y exclusivamente para conocer lo relativo al avión matricula N16YY y/o N522HS, sin embargo, reitera que entiende que todas las medidas cautelares revisten de un carácter urgente y que el tribunal, tal como ha solicitado el órgano acusador, debió decidir hace varios meses la solicitud principal, relativas a todos los bienes que forman parte de la red de lavado señalada en la acusación contra el ingeniero Félix Bautista y compartes, entre los cuales se encuentra dicho avión. 

En dicha audiencia de peticiones, el órgano acusador solicitó a Alejandro Moscoso Segarra, como juez de la Instrucción Especial de la Suprema Corte de Justicia, que declare inadmisible las pretensiones de la empresa, pues los documentos que sustentan su calidad y conclusiones fueron presentados en fotocopias sin los debidos trámites de ley para acreditar ante los tribunales dominicanos los documentos producidos en el extranjero, para lo que alegó el Ministerio Público que  de las pruebas depositadas por la empresa para demostrar su calidad y pretensiones no se podía deducir consecuencia jurídica alguna por carecer estas de la formalidades legales exigidas por la norma.  Sin embargo, el Juez no le dio un carácter relevante a dicha petición y de forma desconcertante acogió como buena y válida tales fotocopias, las cuales por demás no habían agotado el trámite legal para validar los documentos producidos en el extranjero.

El Ministerio Público formalizó un recurso oponiéndose  a tal decisión alegando para ello que el juez debía retractarse porque la representación de quienes solicitan que contra la aeronave no pese ninguna medida, estaba desprovistos de los documentos originales, debidamente legalizados, que prueben la calidad tanto empresariales como de quienes le representan; y que dando por ciertas dichas fotocopias de documentos producidos en el extranjero que no agotaron el trote de la ley dominicana para hacerlos valer en justicia, se incurre en una inobservancia de la norma procesal, pues, así, la empresa reclamante no demuestra calidad alguna para actuar en justicia, sobre todo, tratándose de hechos tan graves como la propiedad de los bienes vinculados a imputaciones de lavado.

Sobre la documentación

PEPCA afirma que los documentos que sustentan calidad de requerientes y conclusiones fueron presentados en fotocopias sin los debidos trámites de ley para acreditar ante los tribunales dominicanos los documentos producidos en el extranjero.

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